Respecto del registro de una marca, tengo algunas dudas:
1.- El poder que sea otorgado a mi favor para poder llevar el trámite de registro de marca tiene que registrarse en el Reg. de Comercio?
2.- Debe ser un poder o puede ser una Autorización en Acta Notarial?
si usted no es parte de los organos de administracion de la sociedad otorgante no es necesario sea inscrito el poder (a mi entender)
y bien lo puede hacer mediante poder o mediante autorización, solamente que es un poco mas conveniente realizarlo mediante poder por que asi se "libra" de muchas trabas puestas por el registro.
Conoce las runas y aprende los signos, los caracteres de mucha fuerza, los caracteres de mucho poder, que tiñó el tulr supremo. y los altos poderes hicieron y el señor de los dioses (Odín) grabó. Y si alguna vez caen en tus manos,¡Agárralas, sostenlas, úsalas Mientras escuchas sus canticos
Respecto del registro de una marca, tengo algunas dudas:
1.- El poder que sea otorgado a mi favor para poder llevar el trámite de registro de marca tiene que registrarse en el Reg. de Comercio?
2.- Debe ser un poder o puede ser una Autorización en Acta Notarial?
De antemano muchas gracias por su ayuda.
Loidy Guardado
Debe ser un poder Administrativo y registrarlo o no depende de cuantas marcas pretende registrar, ya que por cada trámite hay que presentar certificación del poder.
de igual manera yo ya he realizado este tramite una gran cantidad de veces, trabajando bajo la figura de la autorizacion, sin necesidad siquiera de un poder, unicamente en la solicitud que presentara al registro debe especificar la persona que el titular designe para poder presentar y retirar toda la documentacion relativa al proceso de inscripcion de la marca
Conoce las runas y aprende los signos, los caracteres de mucha fuerza, los caracteres de mucho poder, que tiñó el tulr supremo. y los altos poderes hicieron y el señor de los dioses (Odín) grabó. Y si alguna vez caen en tus manos,¡Agárralas, sostenlas, úsalas Mientras escuchas sus canticos