Buenas tardes colegas, he elaborado un poder especial para un divorcio y he identificado a la demandante en el referido poder de la siguiente manera, Ana Canessa Rivas hoy Ana Canessa de Toruño, no tendre ningun problema ya que en el dui aparece con el apellido de casada, pero se preguntarán ustedes porque no solo lo identifique con el nombre de casada, bueno según la ley de notariado en el artículo 32 ordinal cuarto en la parte final, el cual dice: que si alguno de los comparecientes fuera mujer casada o viuda, se expresara su apellido de soltera y el que conste en el antecedente si lo hubiere...., ahora no se si interprete mal dicho artículo y tendré problemas con el poder, espero que no.