Ayúdenme por favor que se debe hacer si las medidas de un terreno que esta en pro indiviso, en procedo de particion , no coinciden con las medidas que estan en la escritura
REMEDICIÓN.
• Requisitos Generales.
• Profesional que firma y sella el plano a presentar, deberá ser acorde al Art. 15 de la Ley del Ejercicio
Notarial de la Jurisdicción Voluntaria y de Otras Diligencias.
REQUISITOS GENERALES
A. Presentar Ubicación Catastral (original o copia legible) de la parcela de interés, contemplando el Código
Catastral actualizado (Mapa/Parcela) al momento de presentar la Revisión de Planos.
B. Presentar el Comprobante de Pago debidamente cancelado según el precio correspondiente al servicio e
indicando en concepto el servicio requerido, detallando en el CP la Revisión de Planos y el servicio.
C. Presentar llena la respectiva solicitud de servicio. (Dato obligatorio: Documento Único de Identidad
(DUI), No. del NIT del o los propietarios, profesional que firma y sella el plano o anexo y del solicitante
si fuere un tercero). En el espacio de Dato Registral se deberá consignar la información actualizada,
previa información verificada en el RPRH. En caso de servicio de CDC o Revisión de Perímetro no
requerirá dato registral. Pero si copia de documento privado si lo tiene.
D. Mostrar Documento de Identidad del solicitante (DUI, Licencia de conducir, otros; ya sea en original o
copia.)
E. Presentar Plano del Levantamiento Topográfico en original y copia, (se mostrará el Plano original solo
para comparar), que deberá contener:
1. Firma y Sello del Profesional responsable registrado debidamente en el VMVDU.
2. Escala y Fecha del levantamiento.
3. Área del inmueble en M2
.
4. Nombre del o los Propietarios según inscripción o nombre del comprador y Dirección actual del
Inmueble.
5. Coordenadas de ubicación, por lo menos en 2 vértices de la parcela objeto de la revisión e indicar el
norte.
6. Rumbos y distancias legibles, (Identificando el tipo de Lindero y/o Vértice en caso de Remedición).
1 Muro Mu
2 Pared Pa
3 Tapial Tap
4 Cerco fijo o alambrado Cf
5 Cerco vivo o árbol Cv
6 Canaleta o zanja Ca - Za
7 Talud bajo < 1.50 Tb
8 Talud bajo > 1.50 Ta
9 Quebrada o barranca Qu - Ba
1 Mojón Mo
2 Esquinero de Edificio Es
3 Poste Po
TIPOS DE LINDEROS
TIPOS DE VERTICES O ESQUINEROS
7. Esquema de Ubicación, conteniendo al menos 2 puntos de referencia cercanos a la parcela objeto de
la revisión.
8. Colocar nombres de colindantes actuales, para el caso de ser lotificaciones, además del nombre, se
deberá colocar número de lote y polígono correspondiente y a la vez cualquier bien nacional que
afecte a la parcela (calles, quebradas y otros), identificándolos con el nombre que se conoce; así
como, identificar el resto como colindante en las segregaciones.
9. Indicar gravámenes sobre los inmuebles, si hubiere (hipotecas de porción, servidumbres de paso, etc
Juan avelar, gracias por responderme, otra duda, pero esa remedicion puede ser después del acuerdo de conciliación, es decir, se puede llegar a acuerdo conciliatorio y hacer la partición, con sus respectivas escrituras, y luego de que cada propietario tenga sus escrituras hacer la remedicion, o como ?
Veamos la particion
Art. 1202.-...Cuando se trate de dividir un terreno en partes materiales, se nombrará agrimensor que haga la
división y amojonamiento respectivos, y su honorario será el que el arancel señale a los
agrimensores.
Art. 1204.- Si todos los coasignatarios tuvieren la libre disposición de sus bienes y concurrieren
al acto, podrán hacer la partición por sí mismos, o nombrar de común acuerdo un partidor; y no
perjudicarán en este caso las inhabilidades indicadas en el antedicho artículo.
Si no se acordaren en el nombramiento, el Juez, a petición de cualquiera de ellos, nombrará un
partidor a su arbitrio, con tal que no sea de los propuestos por las partes, ni coasignatario.
Primero se tendra que remedir y lugo se dividira y amojonara (señalar donde empieza y terminan cada parte) y luego podrán llegar a un acuerdo.Pues asi abstractamente esta dificil puesto que no hay nada concreto para llegar a un acuerdo y determinar que parte le toca a cada uno.Es decir primero el todo se remide y luego se devide,pues para repartir tiene que saber la extension real a repartir.
Última Edición: 13 Ene 2016 22:29 por juan avelar o.
Juan avelar, en este caso, cada propietario (son 2) ya están de acuerdo que porción o lado de la propiedad van a escoger, se llegó a ese acuerdo, en la audiencia preparatoria, pero no culmino, porque las medidas de la propiedad que aparecen el él valuo, son distintas a las que están en las escrituras, hay 1.15 mts de diferencia.
bien explicado colega, una pregunta
en caso de sacar medidas de un lote, cuanto se esta cobrando?
Mat. 7:12 "Así que, todas las cosas que queráis que los hombres hagan con vosotros, así también haced vosotros con ellos; porque esto es la ley y los profetas". F: JESUS