buenos dias, necesito de sus colaboraciones, tengo una duda verdad que para vender un inmueble con poder, este necesita ser un poder especial donde relacione la descripcion de dicho inmueble, en que tengo uno aqui que es poder general judicial con clausula especial pero dicha clausula solo menciona que lo faculta que q en su nombre venda cualquier inmueble y reciba el dinero de dicha venta, pero tengo la duda si puedo hacer la venta con ese poder, gracias y muchas bendiciones
Art. 1902. Cc- El mandato para vender, hipotecar o constituir cualquier derecho real o personal en
inmuebles, deberá constituirse por medio de poder especial o en uno general con cláusula
especial, en los que se determine el inmueble o inmuebles que sean objeto del contrato y se
autorice al mandatario para recibir el precio o cantidades de dinero procedentes de estos actos.
Si la venta no fuere al contado se expresará en el poder el plazo máximo que podrá conceder el
mandatario.