CESACION CUOTA ALIMENTOS EN PROCURADURIA GENERAL

15 Ene 2016 21:41 #1 por hegl
Estimados colegas solicito de su ayuda, resulta que un cliente me visita y me dice que desea contratar mis servicios profesionales para cesar el pago de una cuota de alimentos impuesta en la Procuraduría General de la Republica, ya que el beneficiario ya cumplio 23 años y no estudia, por lo que les pregunto colegas cual es el procedimiento a seguir en este caso. Por favor demen sus aportes colegas

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

16 Ene 2016 17:47 #2 por hegl
Respuesta de hegl sobre el tema CESACION CUOTA ALIMENTOS EN PROCURADURIA GENERAL
Colegas necesito sus aportes tengo que darle respuesta a mi cliente. Bendiciones.

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

16 Ene 2016 22:10 #3 por waldo2173
Respuesta de waldo2173 sobre el tema CESACION CUOTA ALIMENTOS EN PROCURADURIA GENERAL
LO QUE TIENES QUE REALIZAR ES QUE TU CLIENTE TE DE UN PODER PARA PODER ACUDIR A LA PGR EN DONDE SE REINICIRA EL CASO VENTILADO AHI
ES NECESARIO CONTAR CON EL NUMERO DE EXPEDIENTE DE LA PGR
CON LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL HIJO MAYOR DE EDAD
SE VA A LA PGR SE TOMA EL CASO Y CITAN AL HIJO Y EN CONCILIACION Y AHI SE CESSA LA CUOTA
SI EL HIJO NO QUIERE PASA A INVESTIGACION EL CASO

TIENES QUE LLEVAR LA PARTIDA DE NACIMIENTO DEL HIJO, EL PODER, CONSTANCIA DE QUE NO ESTUDIA DEL LUGAR ULTIMO DE ESTUDIO PARTIDA DE NACIMIENTO DE HIJOS DEL HIJO O DE MATRIMNIO SI YA SE CASO

WALDO2173
El siguiente usuario dijo gracias: MagdaT, hegl

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

18 Ene 2016 07:47 #4 por Carlos II
Respuesta de Carlos II sobre el tema CESACION CUOTA ALIMENTOS EN PROCURADURIA GENERAL
Otra opción: es que tu cliente hable con su hijo, que trate la manera de convencerlo que no es necesario que por medio de la procuraduría lo obligue a ayudarlo económicamente que siempre lo ayudará en lo que pueda, y si convence al hijo que sea éste que acuda personalmente a P.G.R. y que manifieste que ya no necesita que su padre aporte la cuota alimenticia; pero esto le valdrá siempre y cuando el padre ha estado cerca de su hijo y ha mantenido una buena comunicación y que a parte de eso le da mas cantidad de dinero en concepto de cuota alimenticia que la fijada en la P.G.R. pero si son de los padres que solo deposita la cuota y que no le dedican tiempo a su hijo, que haya al tiempo lo ve, muy difícilmente convencerá a su hijo que este acuda a la Procuraduría para que cese la cuota alimenticia.

Si citan al hijo, dudo que concilien porque puede ser que su hijo manifieste que él ha desatendido actualmente sus estudios porque con la cuota que aporta su padre no le alcanza para seguir pagando sus estudios, e incluso en estas circunstancia su hijo puede solicitar le modifiquen la cuota alimenticia, pidiendo que le aumente dicha cuota, ya que es su deseo es terminar o seguir sus estudios.

Si el hijo se hubiera casado, allí si se hubiera quitado la cuota alimenticia tu cliente, artículos 239 numeral tercero, 259 inciso primero y 269 Ordinal segundo del Código de Familia.

También dejar claro que con respecto a la mayoría de edad, no es causal para cesar la obligación alimenticia, si te fijas en el artículo 270 del Cf, no habla nada de que cesa la obligación si el alimentario cumple la mayoría de edad; además si el alimentario cumple la mayoría de edad y este necesita que su padre le ayude económicamente para pagar sus estudios, el padre estará obligado hacerlo, art. 211 inciso tercero del Cf, hasta que concluya sus estudios o haya adquirido profesión u oficio.

"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
El siguiente usuario dijo gracias: hegl

Por favor, Identificarse o Crear cuenta para unirse a la conversación.

Tiempo de carga de la página: 0.140 segundos
Gracias a Foro Kunena