EMBARGO EN PROPIEDAD HIPOTECADA

18 Ene 2016 10:52 #1 por Ester
EMBARGO EN PROPIEDAD HIPOTECADA Publicado por Ester
Hola Colegas, quiero exponer un caso:
La Señora X hipoteco su propiedad a favor del señor Y, por una suma de $10,000. hace dos años, resulta que la señora X, saco a la vez una tarjeta de crédito y se gasto los $5,000 de ella. no cancelando nada por lo cual el BANCO, le inicio juicio ejecutivo porque a la fecha le adeuda al Banco casi $12,000., el caso es que el BANCO a través del Juzgado de lo Civil y Mercantil, le embargó la Propiedad que estaba hipotecada a favor del señor Y, y en el CNR ya esta la Anotación preventiva del Embargo a favor del BANCO. ahora bien como ayudarle a mi cliente El Señor Y, puedo hacer valer la HIPOTECA antes que el Embargo o que me aconsejan???
gracias por sus aportes

Eshter.-

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18 Ene 2016 11:01 #2 por Abhogado
Respuesta de Abhogado sobre el tema EMBARGO EN PROPIEDAD HIPOTECADA

Ester escribió: Hola Colegas, quiero exponer un caso:
La Señora X hipoteco su propiedad a favor del señor Y, por una suma de $10,000. hace dos años, resulta que la señora X, saco a la vez una tarjeta de crédito y se gasto los $5,000 de ella. no cancelando nada por lo cual el BANCO, le inicio juicio ejecutivo porque a la fecha le adeuda al Banco casi $12,000., el caso es que el BANCO a través del Juzgado de lo Civil y Mercantil, le embargó la Propiedad que estaba hipotecada a favor del señor Y, y en el CNR ya esta la Anotación preventiva del Embargo a favor del BANCO. ahora bien como ayudarle a mi cliente El Señor Y, puedo hacer valer la HIPOTECA antes que el Embargo o que me aconsejan???
gracias por sus aportes


ESTER

Saludos, no se pueden embargar bienes hipotecados, es decir el derecho preferente es para la hipoteca y jamás un embargo surtirá efecto.

No soy un exegeta... pero tampoco soy un incauto

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18 Ene 2016 11:32 #3 por juan avelar o
Respuesta de juan avelar o sobre el tema EMBARGO EN PROPIEDAD HIPOTECADA
Es que habrá que entender dos cosa bien diferente 1) la anotación preventiva y 2)la anotación de un contrato de hipoteca.

Art. 736cc.- En el Registro de Hipotecas se inscribirán: los instrumentos en que se constituya ese
gravamen, se transfiera, modifique o cancele.

Art. 719.- Podrán pedir anotación preventiva de sus respectivos derechos, en el Registro público
correspondiente:

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