Ya el colega en el primer comentario te ofrece el modelo del poder, ahora acá está un modelo de la demanda de los que hago en mis prácticas en la PGR, por supuesto que he cambiado todos y cada uno de los datos que pudiesen identificar a los usuarios, pero incluí datos escritos al azar para efectos didácticos. Saludos y espero te sirva.
SEÑORA JUEZA DE FAMILIA DE SAN VICENTE:
JUAN JOSÉ VENTURA RUÍZ, mayor de edad, Abogado de este domicilio, portador de mi Carné de ABOGADO Número cinco cinco cinco seis ocho a Usted respetuosamente le EXPONGO:
Que en mi calidad de Defensor Público de Familia, en representación de la Señora Procuradora General de la República, he sido comisionado para poder intervenir en Diligencias y Procesos de Familia, tal como lo compruebo con la certificación de la credencial con la cual legitimo la personería con la que actuó en las presentes DILIGENCIAS DE ESTADO FAMILIAR SUBSIDIARIO DE NACIMIENTO a favor de la señora MARÍA ROSARIO PÉREZ RIVAS, de veintitrés años de edad, domestica, soltera, salvadoreña, quien no se identifica con ningún documento de identidad por no poseerlo, del domicilio y residencia en Colonia Maquilishuat, calle El Pedregal, casa número 1234 del municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, lugar donde puede ser citada y notificada.
Es el caso su Señoría, que mi representada no existe legalmente por no tener inscrita su partida de nacimiento, tal como se prueba con la constancia de carencia extendida en el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San Vicente, en la cual consta que MARÍA ROSARIO PÉREZ RIVAS nació el día seis de junio del año mil novecientos noventa y dos, en Barrio El Santuario de la ciudad de San Vicente, siendo hija de ANTONIA ESPERANZA PÉREZ RIVAS, la referida partida de nacimiento no fue asentada al momento de su nacimiento, ni dentro del margen de tiempo que la legislación da para realizar un asentamiento; siendo así que carece de tal inscripción mi representa, como también se prueba con constancia de carencia que emite el Registro Nacional de Personas Naturales.
Expresa la joven MARÍA ROSARIO PÉREZ RIVAS que por descuido o negligencia no fue asentado su nacimiento y el no tener inscripción de Nacimiento le ocasiona problemas de índole social, económicos, jurídicos y la imposibilidad de obtener su documento de identidad, es por ello que promuevo ante su digna Autoridad las DILIGENCIAS DE ESTADO FAMILIAR SUBSIDIARIO DE NACIMIENTO, por ser necesario que exista legalmente y se inscriba en la partida de nacimiento haciendo constar que nació el día seis de junio a las dieciséis horas con treinta minutos del año mil novecientos noventa y dos, en Barrio El Santuario de la ciudad de San Vicente, siendo hija de ANTONIA ESPERANZA PÉREZ RIVAS, ama de casa, Salvadoreña del domicilio de San Vicente, ya fallecida (si no ha fallecido la madre, o el padre, si fuere reconocido, se ponen sus demás generales).
Expresa mi representada que no puede presentar constancia de su nacimiento por no haber nacido en un hospital ni con atención de partera, ni constancia de bautismo por no ser bautizada y que su nacimiento lo probará con sus testigos.
Todo lo anterior de conformidad a la establecido en el artículo Ciento noventa y siete del Código de Familia, relacionado con el articulo Ciento ochenta y cuatro de la Ley Procesal de Familia, por tal razón a Usted con el debido respeto PIDO:
a) Admitirme la presente solicitud.
b) Se me tenga por parte y de la intervención legal correspondiente en el Carácter en que comparezco.
c) Se tenga por parte a MARÍA ROSARIO PÉREZ RIVAS en el carácter que comparece.
d) Dicte el fallo que contenga la Declaración Subsidiaria de Nacimiento de MARÍA ROSARIO PÉREZ RIVAS quien nació el día seis de junio a las dieciséis horas con treinta minutos del año mil novecientos noventa y dos, en Barrio El Santuario de la ciudad de San Vicente, siendo hija de ANTONIA ESPERANZA PÉREZ RIVAS, ya fallecida.
e) Ordene al Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San Vicente, inscriba la partida de nacimiento de la joven en mención.
f) Me extienda certificación de sentencia.
OFRECIMIENTO Y DETERMINACIÓN DE LOS MEDIOS DE PRUEBA.
PRUEBA DOCUMENTAL.
- Copia Certificada de mi credencial con la cual legítimo la personería con la que actúo en el presente proceso.
- Constancia de carencia de partida de nacimiento de MARÍA ROSARIO PÉREZ RIVAS, extendida por el Registro del Estado Familiar de la Alcaldía Municipal de San Vicente.
- Constancia de carencia de partida de nacimiento de MARÍA ROSARIO PÉREZ RIVAS, extendida por el Registro Nacional de Personas Naturales.
- Certificación de partida de nacimiento de la madre de mi representada, señora ANTONIA ESPERANZA PÉREZ RIVAS.
La documentación antes mencionada la presento en original y fotocopias que exige la Ley, para que una vez confrontadas entre si se agreguen las copias y se me devuelvan las originales.
PRUEBA TESTIMONIAL.
PEDRO ARMANDO LAÍNEZ, mayor de edad, Comerciante, soltero, Salvadoreño, con Documento Único de Identidad número cero cuatro millones quinientos dos mil trescientos tres guion seis, del domicilio y residencia en Barrio La Merced, quinta Avenida Sur, casa número veinte, Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, lugar donde puede ser citado.
MARIO ERNESTO VILLANUEVA FUENTES, mayor de edad, casado, Ingeniero en sistemas, salvadoreño, con documento único de identidad número cero dos millones ciento un mil seis guión nueve, del domicilio en Barrio La Merced, segunda Avenida Norte, casa número seis, Municipio de San Vicente, Departamento de San Vicente, lugar donde puede ser citado
Mi representada y sus testigos pueden ser citados por medio de mi persona en la PGR de esta ciudad o por medio del teléfono 2345498234.
Señalo para oír notificaciones, la Procuraduría General de la República, Auxiliar San Vicente, ubicada en la avenida José Maria Cornejo, número doce del Barrio El Santuario de esta ciudad.
San Vicente, veintisiete de enero de dos mil dieciséis.