Hola colegas necesito de la ayuda de ustedes en el caso siguiente: una persona fue declarada heredera y se le había deteriorado el testimonio de escritura de propiedad del causante y cuando se presentó al Registro para su traspaso, este no fue posible por el estado de deterioro que se encontraba dicho instrumento y se solicitó a la Corte su testimonio y este fue otorgado, pero resulta que existe diferencia entre ambos en cuanto a la hora de expedición , ya que el expedido por Notario al comprador fue a las once horas y el asentado en al matriz fue a las catorce horas de la misma fecha y en el Registro no me quieren inscribir el traspaso . ¿ Que se pude hacer para inscribir traspaso?
gracias por su ayuda
Buenas tardes: Una pregunta será que se refiere a la hora de otorgamiento?. Por que en la expedicíon no es necesario relacionar la hora. Pero si el problema es por la hora de expedición no hay razón para que en el Reg. no se lo inscriban ahora bien si el error es en la hora de otorgamiento, Será que el Notario se lo dio por transcripción y pudo equivocarse, en ese caso el Testimonio que etendió la Corte sería el correcto. Si puede dar mas información en relación al caso, sería bueno para aportar otras ideas.
Gracias por su ayuda, la explicación es la siguiente: El Testimonio que ya está inscrito, fué otorgado a las ONCE HORAS, pero éste se encuentra deteriorado, y hubo necesidad de solicitarlo a la Corte, pero al salir el Testimonio de la Corte, éste aparece otorgado a las CATORCE HORAS, ambos de la misma fecha y al ser presentado el Testimonio que expidió la Corte para que se hiciera la razón por inscripción, el Registro observó que entre los dos testimonio hay diferencia en hora de otorgamiento. Que hacer para que se inscriba el testimonio que ha expedido la Corte? GRACIAS POR SU AYUDA