si una pareja ha convivido maritalmente durante varios años y en ese transcurso de tiempo uno de los conyuges adquiere varios inmuebles a su nombre luego se casan bajo el regimen de comunidad diferida sin que en ese tiempo hayan adquirido nada. la pregunta es si se se presenta la demanda de divorcio hay que mencionar los bienes ya que conforman como bienes propios del conyuge que los compro. y si el otro conyuge tendria algun derecho sobre tales bienes.
El otro conyuge si tiene derecho, pero debe demostrar que tales bienes fueron adquiridos en el periodo de la convivencia o union no matrimonial, y regirse por la participacion de las ganancias, asi que SI, hagalo constar en la demanda.
pero bajo que base legal en el sentido que ellos se casaron y la union no matrimonial tendria que ser declarada judicialmente para que tuviera derecho a participar en las ganancias o quedaria a la sana critica del juez sobre esos bienes
DESDE MI PUNTO DE VISTA, LOS BIENES SON PROPIOS DEL QUE LOS ADQUIRIÓ, YA QUE NO SE PRONUNCIARON AL RESPECTO DE LIQUIDAR EL RÉGIMEN AL QUE ESTABA SOMETIDO LA UNIÓN, PERO COMO BIEN UD. LO DICE DEBIÓ HABERSE DECLARADO LA UNIÓN Y POSTERIORMENTE PEDIR LA LIQUIDACIÓN DEL RÉGIMEN. PERO COMO DIGO ES MI PUNTO DE VISTA. otro aspecto que se debería de tomar en cuenta, es que si estaban dentro de los requisitos que la ley señala para que se considere una unión matrimonial.
Antes de casarse, si no hay declaratoria de unión no matrimonial, lo tuyo es tuyo y lo mio es mio. Una vez casados, si se adquieren bienes, y se han casado por comunidad diferida, 50/50 cada uno.
Gracias por sus valiosos aportes pero mi duda persiste en el sentido que si en la demanda de divorcio se puede solicitar la declaratoria de la union no matrimonial de esos años que convivieron antes del matrimonio, tomando en cuenta que el estuvo en E E UU y ella aqui en el salvador y solo venia por unos dias una vez al año. Gracias y bendiciones