buenas tardes, tengo un caso de nulidad de partida de nacimiento.
es el caso que mi representado posee una partida asentada en 1995 por medio de fe de bautismo por haber sido quemados los libros, el reside en EE.UU, y hace sus tramites de TPS, con la partida que tenia antes de que se quemaran los libros, pero bien haora en Registro de la Personas, me entregan una partida que la tenian en microfill, pero no se ve muy bien, ahora bien que puedo hacer??
ya que quiero que la que le extendio el RNPN. es la que quede acentada y anular la que fue asentada con la fe de Bautismo,
tendria que acentar primero la del RNPN Yl luego llevar las diligencias de nulidad de partida de nacimiento
Hola esta un poco complicado el caso, dejame ver si te entiendo, en la alcaldia hay registros??????? si no hay y se encuentran en el RNPN esa partida es la que se asienta, asi que el usaria esa partida. pero aclarame si hay partida en la alcaldia que eso no entiendo
hola buenas colgea, en este caso lo primero que tienes que hacer es seguir las diligencias de nulidad de la que le asentaron por medio de la fe de baustismo, aun asi en la solictud puedes aclara que solicitastes un microfill en el RNPN, para que ellos en el juzgado verifiquen que efectivamente si existe la certificaciond e la partida de nacimiento de tu cliente, no obstante el juzgado mandara un oficio al RNPN, para constatar eso por que es un requisito esencial, y una vez hecho las iligencias correspondientes el juzgado ya en sentencia decidira el asentamiento de la nueva partida (aun demostrando q el ya tenia la cual solicitastes en el RNPN). mediante oficio dirigido a la alcaldia de donde fue asentado tu cliente. (no omito manifestar que puedes presentar testigos para mayor efectividado por que yo asi lleve un proceso igual que el suyo, solo q con la diferencia q a mi cliente le alteraron la edad) bendiciones y espero que le pueda servir mi humilde opinion
hola, muchas gracias por la informacion, esto me ayudara a poder solventar la situacion que posee mi cliente. una pregunta mas?
¿tendria que asentar primero la partida que el RNPN posee en su base de datos en la Alcaldia que corresponde antes de llevar la solcitud de nulidad del asiento del año de 1995,? o primero la las diligencias de nulidad?