MATRIMONIO DE MENOR DE EDAD

10 Mar 2016 15:55 #1 por dany valle
MATRIMONIO DE MENOR DE EDAD Publicado por dany valle
PUEDE UN NOTARIO CASAR A UNA MENOR DE EDAD QUE ESTA EMBARAZADA Y TIENE EL ASENTIMIENTO DE SU MADRE Y NO LA DEL PADRE POR QUE ESTE HACE FALTA Y ES AUSENTE...... BASTARA SOLO EL ASENTIMIENTO DE LA MADRE TAL COMO LO DEICE EL CODIGO DE FAMILIA EN EL ARTICULO 18....

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11 Mar 2016 09:36 #2 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema MATRIMONIO DE MENOR DE EDAD
si se puede hacerlo pero antes hay que hacer las diligencias de ausencia del padre articulo 9 de ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria, caso contrato SI NO HACE LAS DILIGENCIAS DE AUSENCIA NO LO VAYA HACER ES DECIR NO AUTORIZAR EL MATRIMONIO

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11 Mar 2016 09:37 #3 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema MATRIMONIO DE MENOR DE EDAD
estimado colega muchos veces los clientes no dicen la verdad averigüe en RNPN la dirección del padre

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11 Mar 2016 14:56 - 11 Mar 2016 15:17 #4 por lesterivas
Respuesta de lesterivas sobre el tema MATRIMONIO DE MENOR DE EDAD
Buenas tardes, sí puede llevar a cabo el matrimonio de una menor embarazada y con solo el asentimiento de uno de los padres sobre la base del art. 18 F y las razones son que a falta de uno de los padres el ejercicio de la autoridad parental es ejercido por el otro, por lo que la decisión tomada por uno solo de ellos caería en una presunción de consentimiento de la parte ausente, pues así lo consideran los tribunales de familia ante su pregunta y su asidero legal esta en los art. 207 y 208 F, porque consideran que estos artículos derogan taxativamente el art. 9 ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria (criterio de fondo). Pero aquí parte lo interesante y es que no hay uniformidad en criterios, ya que en lo caso de registro la falta de asentimiento de ambos padres imposibilita su inscripción lo que conlleva la aplicación del artículo en comento, previo a la celebración del matrimonio (criterio de forma) y lo más grave radica en la sanción administrativa para el funcionario; Como puede ver no hay armonía en criterios para proceder por la falta de asentimiento de uno de los padres, aunque si aplicáramos de acuerdo a lo que establece el art. 18 F estaríamos sobre la base jurídica de realizar el matrimonio y no debería haber problema con su respectivos tramites, pues estamos frente a los principio rectores de unidad de la familia.

RIVAS

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