compañeros tengo una duda un contrato de arrendamiento suscrito y firmado en 2013 con el q se quier tomar accion en juicio de inquilinato es valido aun o se tuvo q firmar uno nuevo cada año
Depende colega, si el contrato de arrendamiento que se suscribió en el año 2013, dentro de las clausulas, decía el que el plazo de arrendamiento podría ser prorrogable por el mismo plazo, previo acuerdo por ambas partes antes de finalizar el plazo de arrendamiento. entonces ese mismo documento te sirve como base para iniciar la acción.
Pero, si el contrato no menciona nada de prorroga, entonces si debieron suscribir cada año, nuevo contrato de arrendamiento.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
Okis si licenciado en este caso dice que es prorrogable durante periodos iguales salvo manifestacion en contraria expresada por aviso escrito con al menos 30 dias antes a la finalizacion del plazo...................... hay colega el problema es q el arrendatario hablo con la señora verbalmente que ya no seguiria arrendando y le pidio que le diera un mes mas mientras el se trasladaba a su nueva casa ......... la cuestion es q la señora hoy lo esta demandando exigiendo una cantidad exagerada de dinero por el incumplimiento a esa clausula incluso el señor el arrendatario le hizo aviso por escrito para confirmarle q ya no seguiria solo que esas notificaciones escritas si fueron extemporaneas
agradezco mucho que contestara a mi inquietud se le agradece mucho
los contratos de arrendamiento para vivienda, por ser su naturaleza de caracter social no es relevante el plazo, en cuanto a ello son analogos al contrato de trabajo con relacion al plazo... es decir indefinidos
El problema es Colega que su cliente sabía cuando suscribió el contrato de arrendamiento, que si él desocupaba antes de finalizar el contrato se obligaría a pagar las cuotas que falten por vencerse, por lo tanto por haber incurrido en incumplimiento del contrato, debe pagar todo el canon de arrendamiento que falte.
Lamentablemente Colega a su cliente le toco hacer trato con una persona que no es condescendiente y dar por terminado el contrato de arrendamiento sin responsabilidad para el inquilino.
Por lo tanto el dueño de la casa tiene el derecho de iniciar las acciones correspondientes, por haberse incumplido una de las cláusulas del contrato, y exigir el pago de los cánones faltantes.
La única opción que tienes es que hables con el dueño de la casa y llegar a un arreglo conciliatorio y que le perdone al inquilino aunque sea unas cuantas cuotas.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
entiendo compañeros muchisimas gracias por sus aportes si en realidad lo mejor es buscar una conciliacion porque entonces lo mas seguro es q judiciamente esta señora tenga mucha ventaja y al final sea condenado mi poderdante al pago total no se que me dicen colegas si a opinion suya esta señora puede resutar ganadora del proceso
muchas gracias por sus respuestas de antemano muchas bendiciones