Diligencias de Ausencia

16 Mar 2016 21:12 #1 por Mery Navarrete Rivas
Diligencias de Ausencia Publicado por Mery Navarrete Rivas
Estimados abogados y notarios requiero de sus ayudas, debo iniciar Diligencias de Ausencia, para dar por terminado un negocio compraventa de inmueble, pero no tengo seguridad si puedo hacerlas via notarial o judicial.......me auxilian por favor...... agradeceré sus gentilizas. Bendiciones!!!

Licda Claudia Navarrete

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19 Mar 2016 09:39 #2 por Aprendiz
Respuesta de Aprendiz sobre el tema Diligencias de Ausencia
bueno, no obstante por tratarse de diligencias seria posible realizarlas via notarial, pero es mucho mas garantista el proceso judicial, por tal razon esta ultima es la via correcta.
El siguiente usuario dijo gracias: Mery Navarrete Rivas

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19 Mar 2016 10:00 #3 por Mery Navarrete Rivas
Respuesta de Mery Navarrete Rivas sobre el tema Diligencias de Ausencia
Agradezco su ayuda. Una consulta mas en que art del prcm estará na guía???

Licda Claudia Navarrete

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21 Mar 2016 15:56 #4 por Yani2013
Respuesta de Yani2013 sobre el tema Diligencias de Ausencia
LLEVELAS VIA JUDICIAL, ES MEJOR, BASANDOSE EN EL ART. 80 del Código Civil. ES FACIL Y RAPIDO, NO SE COMPLIQUE.
El siguiente usuario dijo gracias: Mery Navarrete Rivas

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22 Mar 2016 21:42 #5 por Mery Navarrete Rivas
Respuesta de Mery Navarrete Rivas sobre el tema Diligencias de Ausencia
Yani2013 muy amable....!!!!

Licda Claudia Navarrete

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