Buen dia
Ayudenme con una duda, en la sentencia de divorcio, se dejo como garantia de Cuota alimenticia un vehiculo que tiene el demandado, mi pregunta es, debo de presentar una donacion en donde la madre actua en representacion de la alimentaria, hay alguna condicion que deba agregar? Siempre debo presentar los testigos si hago la donacion o es preferible una compraventa?
Alondra escribió: Buen dia
Ayudenme con una duda, en la sentencia de divorcio, se dejo como garantia de Cuota alimenticia un vehiculo que tiene el demandado, mi pregunta es, debo de presentar una donacion en donde la madre actua en representacion de la alimentaria, hay alguna condicion que deba agregar? Siempre debo presentar los testigos si hago la donacion o es preferible una compraventa?
Agradezco de antemano sus valiosos aportes.
La garantìa se hace efectiva cuando se da el incumplimiento de la sentencia. No se trata que el obligado deba otorgar donaciòn, salvo que ese sea el acuerdo entre las partes, para dar por saldada la mora.
Pero siempre es necesario iniciar ejecusiòn de la sentencia.
Gracias Licda... estaba ansiosa por su respuesta, pero fijese que la Juez, me dejo que le llevara el documento en donde el obligado le daba los derechos del vehiculo a la menor, para que cuando este faltare a la cuota.. la madre tuviere una garantia de donde cobrarse. Y con esto el obligado tambien no iba a querer perder su vehiculo, por lo que siempre iba a tratar de estar al dia con dicha cuota.
Pero si me pidieron que hiciera o una compraventa o una donacion, y que se las presente al juzgado. Por eso me surje la duda. Si es donacion, debo ponerle la condicion... o mejor hago la compraventa normal..?
Espero sus comentarios y todos los de los que puedan abonar.. Gracias
Alondra escribió: Gracias Licda... estaba ansiosa por su respuesta, pero fijese que la Juez, me dejo que le llevara el documento en donde el obligado le daba los derechos del vehiculo a la menor, para que cuando este faltare a la cuota.. la madre tuviere una garantia de donde cobrarse. Y con esto el obligado tambien no iba a querer perder su vehiculo, por lo que siempre iba a tratar de estar al dia con dicha cuota.
Pero si me pidieron que hiciera o una compraventa o una donacion, y que se las presente al juzgado. Por eso me surje la duda. Si es donacion, debo ponerle la condicion... o mejor hago la compraventa normal..?
Espero sus comentarios y todos los de los que puedan abonar.. Gracias
mmmm¡¡¡ si lo he visto...
Como no existe precio de venta... Lo mejor siempre es una donaciòn. Aunque si yo, representarà los intereses del obligado otorgarìa mejor garantìa prendaria sobre el vehìculo.
Pero si le dieron a elegir entre compra-venta y/o donaciòn. Lo mejor es lo ùltimo.