Compañeros solicito su ayuda con una duda, me piden realizar una salida de dos menores de edad para viajar solas, ya que las manda traer la mama que reside en el extrangero, por tanto quien daria el permiso aca seria el padre, trae unos permisos emitidos por la madre en el extrangero, ante notario estadounidense, y me solicita los permisos iguales, en español e ingles. en este caso, estoy autorizada yo para firmar la traduccion del acta al ingles o como deberia realizar este tramite
YO PRONTO HARÉ UNAS AUTORIZACIONES DE ESAS, LO QUE ME HAN RECOMENDADO ES QUE A LA PERSONA QUE AUTORIZA EL PADRE DE LOS MENORES, SI VIENEN A TRAERLOS DESDE EL EXTRANJERO, SU PASAPORTE SEA EL MISMO CON QUE APARECE EN LAS AUTORIZACIONES QUE DIO LA MADRE, ME HAN DICHO QUE HAGA UNA POR MENOR AUNQUE SEAN 2 O 3 LOS MENORES HIJOS DE UN SOLO PADRE; QUE MIGRACIÓN E.S ES LA QUE PONE A VECES MUCHAS TRABAS, POR ACÁ EN EL FORO VI TAMBIÉN QUE SERIA BUENO ANEXAR A LA AUTORIZACIÓN COPIA CERTIFICADA DEL DUI, Y QUE CON RESPECTO A LAS AUTORIZACIÓN QUE DA LA MADRE EN EL EXTRANJERO, LO MEJOR SEA EN EN CONSULADO O NOTARIO SALVADOREÑO. NO SE SI YA TIENE EL FORMATO QUE PROVEE MIGRACIÓN PARA LA SALIDA DEFINITIVA DE MENOR, PERO POR SI ACASO ACÁ ANEXO UNO. P.D: CON RELACIÓN A DOCUMENTOS
Gracias companero Walterfig por su aporte, le agragare la copia certificada del Dui del padre entonces y si hare una por cada hija. y pues con respecto de la traduccion parece que lo requerira el solicitante para la entrada de las menores a EU y hacer constar que el padre dio el aval de salida (para hacerlo constar alla) llame a migracion y me decian que ese seria el unico motivo para que lo pudiera solicitar la persona, ya que ellos aca no piden eso. asi que nomas enviare las actas con un traductor y autenticare la firma del traductor. (digo por si un dia le piden lo mismo, yo asi lo hare) ya lo consulte tambien con otro notario con un poco mas de experiencia y con Migracion. Buen dia.
En el formato que se ha proporcionado amablemente por Walterfig solamente tener el cuidado que en la LEGALIZACIÓN DE LA FIRMA (AUTÉNTICA), se DEBE tener el cuidado por parte del Notario que legaliza la firma que debe DAR FE de la personería del PADRE, pues RECUERDEN que el padre NO está firmando en su carácter PERSONAL sino todo lo contrario ESTÁ firmando en calidad de REPRESENTANTE LEGAL de su menor hija.
Por lo que se deberá relacionar la certificación de la Partida de Nacimiento en la Legalización de la Firma por parte del Notario autorizante.-
Una situación es firmar a título PERSONAL y otra cosa es hacerlo en el carácter de REPRESENTANTE LEGAL ya de una persona natural o de una jurídica, NO ES LO MISMO.-
Gracias a los aportes compañeros, solo tengo una duda mas, en el formato que brinda el compañero y de migracion, no relaciona nada acerca de quien cuidara del menor en su estadia en el extrangero, eso. sera necesario que yo lo relacione en este documento o ya que ellos no lo toman en cuenta sera que no es necesario ahondar en este punto?