Un cliente dio un chque sin provision de fondos, por 400 dolares , auna empresa que le distribuye cierto material, los sres demandantes estan bien enojados y no quieren conciliar ni nada, mi cliente tiene los 400 dolares,
que se puede hacer en el juzgado decir que ya se tiene el dinero, y q pasa si ellos no lo aceptan o piden mas, y que pasa si no se llega a nada, pueden detener al sr que represento¡????
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
Si no llega (a menos que haya causa justificada y lo pruebe) 99% seguro que le giran orden de captura.
Si llega concilie o no o pase a la siguiente etapa no lo meten preso y mas aun si ofrece dar en garantia los 400 que debe. Que el cliente solo se preocupe por llegar que no tenga miedo.
100% segura de lo que digo he llevado muchos casos de cheques sin fondos.
Por cierto cuanto ha cobrado? Porque por el monto normalmente los clientes se van a la pgr ya que uno les cobra mas de lo que deben.
INo le he dicho mi honorarios, mañana le dije q le informaba. Ok entonces q llegue el sr con el efectivo o con cheq certificado, y q hago? Me presento, y aunque ellos no quieren conciliar si uno lleva el monto de lo del cheque, q pasa.,.? Y cuanto me recomendaría cobrar x honorarios, ,es en un tribunal de sentencía
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
Aunque el cheque certificado ampara que si tiene fondos no es buena idea en este caso (la victima se va a enojar mas y pensara.....este otra vez me quiere bajar y el juez que lo permite......corruptos todos.... .) Entonces para evitar malos entendidos efectivo mejor, asi en el momento paga y todos contentos y hasta ahi llega todo....caso cerrado.
Si no concilia pasa a la siguiente etapa..... al final en algun momento la victima aceptara el pago (segun parece la victima quiete que su posible cliente por lo menos se aflija).
Ok le voy a decir q lleve el efectivo, y cuanto considera q devería cobrar de honorarios. Y para mostrarme parte puedo llegar el día de la audiencia, y q el m3 nombre o presentó un escrito, con poder con firma autenticada
"CAMINANTE NO HAY CAMINO, SE HACE CAMINO AL ANDAR!"
Si directo inicia ese proceso en uno de sentencia (cuando digo etapa me refiero al procedimiento que desarrolla el juez de sentencia). Vea las dispocisiones en el pr. Pn.
Yo le cobraria unos 100 antes de la audiencia (recuerde que el cliente no paga y es de los que espera a ver asomarse consecuencias graves) por lo pirrico del monto.....y no vaya a aceptar cheques
Lea el 439 pr pn y siguientes ahi esta mas que claro (segun yo....qhora que ya he llevado ese tipo de casos) asi se ubica en que "etapa" esta y si es conveniente mostrarse parte o esperar alguna "etapa".