Buenas tarde colegas, sucde lo siguiente mi cliente nacio en 1973, antes de que se diera la ley del nombre, hable a la alcaldia correspondiente y me explicanq ue como su partida es una rectificacion otorgada en 1992, debo de presentar una escritura de adecuacion porque el aparece con los apellidos de padre y madre invertidos.-
Tendran algun modelo o podran darme algun consejo y cuanto puedo cobrar....
ZONA DE CONFORT...JUSTIFICACION PERFECTA PARA NO HACER, NO CRECER, NO ARRIESGARSE Y NO VIVIR....
Buenas noches estimada colega, al tenor de lo estipulado por el Art. 39 Inc. 2º de la Ley del Nombre de la Persona Natural, este hecho no tiene trámite especial señalado en la ley, por lo que tal adecuación deberá hacerse por escritura pública. Este tipo de escritura no es complejo, basta con que en la parte expositiva consigne la situación del nombre de la persona y luego otorgue el compareciente la adecuación estableciendo cuál nombre usará de ahí en adelante; debiéndosele advertir al final de la escritura que dicha situación no tiene trámite especial señalado y que deberá presentar dentro de los quince días hábiles siguientes al otorgamiento, el testimonio de la misma al Registro del Estado Familiar correspondiente para que marginen el asiento de su Partida de Nacimiento.