Esta vez quisiera que me ayudaran con la siguiente inquietud
Un cliente me ha llamado para hacer un proceso de aceptación de herencia, no hay testamento, el difunto es el compañero de vida de ella, jamás estuvieron casados, procrearon tres hijos que están en Italia desde hace mucho tiempo, la señora quiere hacer el proceso porque hay un inmueble que esta a nombre de ella y de su difunto compañero de vida y que desea vender, tienen el 50% cada uno, la pregunta es ¿Puedo seguir el proceso de aceptación de herencia intestada y reunir el 100% del inmueble a nombre de la señora?, los hijos no planean regresar al país pues han hecho su vida en Italia y la señora desea marcharse a vivir haya también sus últimos días.
BUENO, PRIMERAMENTE TIENE INICIAR EL PROCESO PARA DECLARAR LA UNION NO MATRIMONIAL, PARA QUE SEA DECLARADA CONVIVIENTE SOBREVIVIENTE DEL CAUSANTE, HAY QUE TOMAR EN CUENTA QUE TENDRA QUE DEMANDAR A TODOS LOS QUE TENGAN DERECHO A SUCEDER, EN ESTE CASO A LOS HIJOS , LUEGO DE DECLARADA LA UNION NO MATRIMONIAL, SI LOS HIJOS NO DESEAN NADA, TIENEN QUE CEDERLE LOS DERECHOS HEREDITARIOS PARA QUE ELLA ACEPTE HERENCIA SOLA.
Colega muchas gracias, ahora bien, el señor falleció en el 2001, por lo cual el derecho a solicitar la declaratoria de unión no matrimonial ya me ha prescrito, porque pensé eso también, así que es el problema que tengo en este momento, ¿Cómo puedo hacer para reunir el 100% de los derechos de propiedad sobre mi cliente?
Facil!!! Que los hijos le ceden el derecho que por ley le corresponde a cada uno, a favor de su madre, ya sea a titulo oneroso o gratuito y para que sea efectiva esa transmisión de dominio, tiene que pasar por un proceso legal, es decir aceptar herencia, para adquirir el derecho que por transmisión le pertenece,.con eso inicia las diligencias a favor de su cliente.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."