Buen día colegas tengo un par de consultas, resulta que mi cliente, tuvo inicialmente los apellidos de la madre, sin embargo cuando esta ultima se caso su esposo reconoce como suyo al niño, ya hoy mayor de edad mi cliente quiere quitarse el apellido del señor. puede mi cliente solicitar dicha impugnación, y si es así, algún modelo de la solicitud, de antemano muchas gracia, Bendiciones.-
Por supuesto que puede,es mas a la única persona que no le prescribe la acción.
Art. 156.- El reconocimiento voluntario de paternidad podrá ser impugnado por el hijo, por los
ascendientes del padre y por los que tuvieren interés actual, probando que el hijo no ha podido tener por
padre el reconociente. Con relación al hijo la acción es imprescriptible.
Con el modelo puede digitar directamente en el buscador "Modelo de ....." y lo dirigira lo mas seguro a esta pagina con una dicusion y el modelo solictado.
Última Edición: 25 Abr 2016 23:38 por juan avelar o.