Primeramente externarles a todos un fraterno saludo y desearles éxitos en sus actividades!
Un cliente vino a mi despacho con una escritura de compraventa del año 2005 otorgada ante otro Notario el cual ya no vive en el país. Al momento de la revisión preliminar (comparándola con el respectivo antecedente) en el despacho, verificamos que en la primera parte de la escritura, con respecto a su ubicación, le hacían falta las palabras " LOS POTREROS". Lo demás esta acorde al antecedente. Le advertí a mi cliente que dicha escritura sería susceptible de observación por el registrador y efectivamente se presentó y a los cinco días me llegó la notificación que hacen falta esas palabras por lo que fue observada por el CNR.
Pensé inmediatamente en una Escritura de Rectificación o incluso un escrito de Aclaración, pero mi cliente me dice que "El vendedor" falleció a inicios de año.
Si alguno ya ha tenido esta experiencia le agradeceré me compartan cual sería la mejor solución.
A lo mejor debe seguirse la aceptacion de herencia de los bienes del causante primero y luego que el heredero le de venta nuevamente. Pero salga de la duda preguntando en asesoria del CNR
mi esposa trabaja en el cnr y para esos casos no hay un criterio definido por los registradores por lo que te aconsejo que te presentes a la oficnas del cnr y pidas pasar con atencion al usuario y luego que ellasteden una explicacion y como tenes el nombre del registrador podes hablar con elregistrador para ver que salida te puede dar
Yo tuve un caso similar, sobre una donación irrevocable, le observaron al notario que omitió consignar que conocía a los testigos instrumentales, por lo que le observaron.
Pero resulta que el notario no pudo realizar la rectificación de dicha escritura de donación, ni tampoco el escrito de aclaración, porque el donante había fallecido, y la respuesta que me dieron en atención al usuario, fue que debía de buscar a los hijos, del donante, y que éstos iniciaran las diligencias de aceptación de herencia, una vez declarados herederos universales definitivos de los bienes del causante, seguir con ellos en calidad de herederos, dicha rectificación.
Pero pueda ser que en su caso colega, sea diferente, como bien lo dijo nautico, lo recomendable es que se presente al CNR, y pase con atención al usuario, exponga su caso y a ver que le dicen, o pida hablar también con el registrador, cada quien maneja su criterio en estos casos.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."