buenas tardes colegas, alguien me podría orientar en Diligencias de Ejecución forzosa , ya que no manejo muy bien esta area, resulta que a mi cliente la condenaron a pagar en sentencia de juicio ejecutivo, pero ella ya tiene descuento por embargo en su salario, ademas tiene un inmueble pero lo tiene hipotecado, se lo podrían embargar? y que pasaría si ella lo vendiera, este inmueble no es garantía por la deuda por la cual fue condenada, ya que fue condenada por fiadora. espero me puedan ayudar con sus comentarios. bendiciones
Como ejecutor de embargos te respondo: si se puede embargar si la hipoteca no esta a favor de un banco o cooperativa, es decir si un particular o una ascociacion u ong lo tiene hipotecado si se puede embargar, revisa la ley de bancos y asociaciones cooperativas.
Excelente aclaración…. Pero en caso de ejecusion, será que tiene preferencia él banco sobre él particular o cómo funcionaría? A quien le pagarían primero? Etc… gracias por su respuesta.
Si el banco es el primero en hipotecar segun ley de bancos tiene preferencia, no se hipotecara ni embargara solo x ese banco. Si hay una hipoteca primero x particular si puede hipotecar o embargar x el banco pero no creo q lo haga x sus politivas. Pero el caso q un inmueble tenga 2 embargos diferentes aplica primero en tiempo. En todo caso se puede pedir una acumulacion y que se prorratee. Al menos civil ahuachapan lo hace de oficio, otro no se.