DERECHO PENAL

15 Jun 2016 12:24 #1 por rdc2310
DERECHO PENAL Publicado por rdc2310
Vengo a solicitarles una asesoría que si dentro de los cinco días que dice la ley que debo presentar pruebas de descargo la prueba documental la puedo presentar en un sobre cerrado , si esto es afirmativo ¿como?

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19 Jun 2016 17:39 #2 por El Justo Zamora
Respuesta de El Justo Zamora sobre el tema DERECHO PENAL
Con el dictamen acusatorio deben presentarse las pruebas con que se tenga en su poder por parte del Estado, y dentro de los cinco días siguientes las otras partes deben de presentar también las pruebas que pretenden utilizar estrategia de defensa o acusatoria en su caso. Porque es el momento de descubrimiento de pruebas, si esto es así no existe razón para presentar las mismas en un sobre cerrado como usted lo ha indicado; a menos que se trate de un testigo que goza con régimen de protección, en ese caso deben tomarse las medidas a fin de garantizar que no se violentaran sus garantías. De lo contrario debe presentarse de forma tal que todo mundo tenga acceso a ellas.

Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.

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19 Jun 2016 17:44 #3 por rdc2310
Respuesta de rdc2310 sobre el tema DERECHO PENAL
Gracias colega El Justo Zamora por su respuesta a mi inquietud, ma ha dejadi satisfecho. Gracias mil .-

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19 Jun 2016 19:42 #4 por A_Giron
Respuesta de A_Giron sobre el tema DERECHO PENAL
solo si contiene datos de algún menor de edad involucrado en el proceso, o si es de testigo con régimen de protección, puede presentarlo en sobre cerrado, de lo contrario no.

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