Buenas tardes, mi pregunta es: existe una escritura de venta con pacto de retroventa, según el código civil ya pasaron los 4 años para que se pueda recuperar el inmueble, el que compro no ha ejercido a la fecha ningún acción legal para que desocupen el inmueble las personas que lo habitan. El vendedor a la fecha tiene ya el capital para recuperar el inmueble, pero es el caso que el comprador(prestamista) no le quiere aceptar solo el capital, quiere una cantidad mayor. Se podría depositar el precio del inmueble en consignación para que el comprador devuelva el inmueble.
Si ya pasaron los 4 años para retrotraer la venta. El comprador, es dueño absoluto del inmueble; por lo tanto puede establecer el precio que él quiera.
No es recomendable que deposites el precio, puesto que no hay obligación alguna para el comprador en hacer la venta a favor de tu cliente.
El hecho de que el comprador aún no haya ejercido las acciones de desalojo, no lo obligan en manera alguna a aceptar el precio que tu cliente desea pagar; ya que el a partir del vencimiento del plazo de la retroventa, le ha nacido el derecho de reivindicar el dominio del inmueble.
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."
Yo tuve un caso igual vencimiento de plazo de la retroventa pagamos K y negociamos intereses, se nos vendió el inmueble y se hipoteco por los intereses que eran casi un 50 % del valor prestado por la propiedad, y ni modo ahí el cliente siguió pagando mensual, si puede arreglar mejor ofrezca una hipoteca y que no lo obliguen a una nueva retroventa, además creo que ya no se la inscribirán en el Registro (la venta con retroventa).