Colegas en un Proceso Ordinario Común con el nuevo CPCYM, en la audiencia preparatoria el juez al concederme la palabra como parte demandante, solo digo un breve resumen de mis pretensiones en mis alegatos iníciales, y luego voy señalando uno por uno las pruebas instrumentales que he ofrecido en la demanda, para que se me admitan y las que se intentaran valerse en el acto de la audiencia probatoria. Pero es el caso que en este proceso civil que llevo a cabo, el demandado contesto la demanda en sentido negativo, en la audiencia preparatoria después de mi intervención, espero primero para que el demandado exponga sus alegatos, y luego me concede la palabra para ejercer mi derecho de defensa, o al inicio expongo lo que la parte demandada contesto en su demanda????
Hola colega busque el siguiente aporte "PRONTUARIO PARA LA REALIZACIÓN DE AUDIENCIA PREPARATORIA Y AUDIENCIA PROBATORIA DEL PROCESO CIVIL Y MERCANTIL SALVADOREÑO
hola colega, buenos dias en mi corta experiencia talves le sirva lo que recuerdo de la audiencia probatoria:
en primer lugar despues de la lectura de los hechos procede el juez a la face conciliatoria de las partes donde se escucha a ambas partes.
en segundo lugar si no hay concialiacion, da la palabra el sr. juez para que rectificque la demanda y niegue los hechos contestando a la contraparte.
en tercer lugar la fase seadora donde presenta incidentes y otros,
si hay o no lo hay viene en cuarto lugar el ofrecimiento de prueba por las partes.
le recomiendo el libro "los procesos declarativo" del dr. oscar canales cisco.
espero le sirva la informacion.