Buenos días, si alguien me pudiera aclarar las dudas que tengo con relación a una aceptación de herencia via notarial, con respecto a las publicaciones, las primeras ya se hicieron mi duda es si con la resolución final el aviso que se manda a publicar son siempre tres veces o una sola vez y si siempre es en dos periodicos, he leido la ley del Ejercicio Notarial de la Jurisdicción Voluntaria pero solo encontré que en el artículo 5 dice tres veces consecutivas, alguien pudiera ayudarme es mi primera vez con estas diligencias, por fa.-
Art. 1165.- Transcurrido el término de la citación, el juez con el mérito de las pruebas que se le presenten, hará o no la declaratoria de heredero solicitada, según fuere de derecho.
La resolución, cualquiera que sea, se pondrá en conocimiento del público por medio de un aviso publicado en el mismo diario.