Buenas tardes Colegas, solicito de sus consejos, ya que he sido notificado del CNR por una escritura de VENTA, en los antecedentes no existían descripciones técnicas del inmueble y en la observación dice: NO SE EXPRESA LA MEDIDA DEL INMUEBLE EN EL SISTEMA METRICO DECIMAL. Que sugerencias me pueden dar para subsanar la observación? Les agradezco.
mmmmm Estimado colega al parecer la observación no hace referencia al descripción técnica del inmueble, sino mas bien a la medida del inmueble y a la unidad métrica decimal aceptada por el Registro, en este caso lo importante es consignar el area del mismo y ojo la unidad métrica que debe utilizar son metros y varas.-
Lo que debe hacer si tiene espacio enmendar o entrelinear la información y salvar y luego sustituir los folios; caso de no tener espacio para entrelinear, enmendar y salvar, deberá presentar una rectificación.-
Nota: Si el antecedente no esta en metros y varas me comenta para que haga la conversión con los valores que lo hace el registro ya que si lo hace de otra forma la medida le va a variar.-
De antemanos gracias FARID, fíjese que no esta convertido a metros o varas sino que en el antecedente dice: Esta porción de terreno tiene una extensión de MEDIA MANZANA o sean TREINTICINCO AREAS.- Entendendería que esas áreas debo convertirlas a metros y a varas.
1 Área = 100m2
35 áreas son 3500m2 y su equivalente en Varas cuadras.
Convierte metros por 1.4308 (unidad de metros a Varas cuadradas)
3500 x 1.4308 = 5007.8 Varas cuadradas
Enmiende: Esta porción de terreno tiene una extensión de TRES MIL QUNIENTOS METROS CUADRADOS, equivalentes a CINCO MIL SIETE PUNTO OCHO VARAS CUADRADAS.
Al final salva el entrelineado.
No es necesario que establezca la medida en VARAS CUADRADAS, solamente EN METROS CUADRADOS 3,500 METROS CUADRADOS.
Así mismo para no pagar por los cambios de folios es mejor retirar el instrumento sin inscribir, (para lo cual el titular del instrumento deberá autorizarlo) hacer las correcciones que sean necesarias y volver a presentar el instrumento, para lo cual los aranceles cancelados son siempre válidos, lo que se omite aquí es pagar por el cambio de folios a razón de $2.30 por cada folio.
El siguiente usuario dijo gracias: JCarrillo, Irenesamo