Al comparecer una señora con DUI no actualizado donde aparece todavía como de casada (partícula DE) y en realidad ya es viuda, se puede poner el nombre según DUI y además "ahora Nombre (más) VIUDA DE....", como lo manejan ustedes?
Un saludo, a mi parecer el DUI debe estar vigenrte, y si ella aparece como casada, se le debe de poner hoy Viuda, y se comprueba con partida de Defunción del esposo.
espero le sirva o alguno de los colegas otro punto de vista, seria de mucha ayuda, tengan feliz tarde todos
Para ser puntual con el DUI
Estas son cositas que a veces nos hacen dudar, y le comento que estas cosas son fáciles de resolver, cuando tenga dudas con cosas así lo primero que debe pensar ¿ que problemas puede traer esto? pues le comento que ni uno ¿porque? suponga que la viuda no le comenta nada de su difunto esposo, en este caso ud no es mágico para saber si es viuda o no, por lo tanto lo correcto es identificarla de esta forma.-
Identificarla tal como aparece en el DUI sin mencionar que es viuda ya que no consta aun en dicho documento y posteriormente cuando lo actualice si vuelve a comparecer se identifica como aparece nuevamente en el DUI ya como viuda y no genera ningún problema a mi criterio.
El art. 22 de la Ley del nombre de la persona natural dice: "Mientras la viuda no contraiga otras nupcias, podrá seguir usando el apellido de quien fue su marido, o anteponer a la particula "de", la palabra viuda o su abreviatura.
Espero le sirva
Estimados colegas, mi opinion es en base a que la Ley Especial Reguladora del Documento Unico de Identidad establece en el Art. 3: “El Documento Único de identidad, es el documento oficial, suficiente y necesario para identificar fehacientemente a toda persona natural, salvadoreña, en todo acto público o privado, tanto dentro del país, como en el extranjero, cuando dichos actos surtan efectos en El Salvador”
Por lo que al momento de identificar a una persona me baso exclusivamente en la información contenida en el DUI, ya que cualquier otro dato no ha sido autorizado por la autoridad responsable, en este casos el RNPN, de la identificación ciudadana. Adicionalmente, en caso de requerir cualquier certificación del DUI los datos que aparecerán en esa fecha especifica serán los que se encontraban en el DUI.
Hay personas que me han expresado que han hecho cambios de nombre o han rectificado sus partidas de nacimiento, pero mientras no se vea reflejado estos cambios en el DUI que presentan me sigo basando en los datos del documento.