En vista que se ha hecho necesario citar a la FGR, cuando se colinda con bienes de estado,
será que se puede citar al SINDICO de donde esta ubicado el inmueble y susutituir la cita a fiscalia?????
En vista que se ha hecho necesario citar a la FGR, cuando se colinda con bienes de estado,
será que se puede citar al SINDICO de donde esta ubicado el inmueble y susutituir la cita a fiscalia?????
Heeeeeeeee.. solo si el colindante es la municipalidad...
Se cita a la FGR, cuando el colindante es el Estado: rìos, vìas del tren, calle...
Al no citar a la FGR, se le observarà en el CNR y NUNCA serà inscrita la remediciòn.
Toda ves y cuando la FGR se declare incompetente procede la cita al Síndico, digo esto por que a veces la FGR si debe de llegar pero no llega alegando que es competencia de la Alcaldía del lugar, pero lo real es que tienen temor de entrar a ciertas zonas, por ello es recomendable citar a ambos de una ves. y eso no afecta en nada, incluso hay ocaciones que ni uno ni otro llegan.
CA DEJO UN MODELO DE CITATORIO A SINDICO.
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El siguiente usuario dijo gracias: anneliz, justo38