Rectificar escritura de matrimonio

25 Ago 2016 11:52 #1 por Solidaridad
Rectificar escritura de matrimonio Publicado por Solidaridad
Es el caso que una señora se caso en el año 1997 y el notario le consignó a petición de la señora los dos apellidos "paterno y mterno" la partícula "de" más el apellido del esposo es decir: Juana Arely Diaz Martínez de Bolaños, por lo que en la alcaldía le hicieron la marginación según el testimonio de la escritura pública, tambien asentaron la partida de matrimonio con esos mismos datos del nombre, resulta que la señora fue a obtener su DUI le consignan el nombre como Juana Arely Díaz de Bolaños, omitiendole el apellido materno, aún viendo la marginación de la certificación de partida de nacimiento la cual aparece como anteriromente escribí, que hacer ante este caso:

1. hacer una escritura de rectificación de escritura de matrimonio

2. una rectificación de partida de matrimonio no se que hacer ya que en verdad la alcaldía margino según consta en el testimonio, pero el DUI CENTRO extendió DUI aplicando la ley del nombre como es posible que ellos de ofIcio lo hagan? no tendrían que haberle advertido y esperado que la señora hiciera la diligencia pertinente.

Ahora la señora se quiere graduar y tiene problemas por las variantes del nombre en la partida y en el DUI, que hago.

Mis mas sinceros agradecimientos.

"El respeto al derecho ajeno es la paz". Benito Juárez.

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25 Ago 2016 11:59 - 25 Ago 2016 12:00 #2 por Delgado
Respuesta de Delgado sobre el tema Rectificar escritura de matrimonio
Es un comentario nada màs... no creo que opere la rectificacion de escritura porque ese libro donde se asentò el error ya fue hace muchos años entregado a la CSJ, asi que quizà lo que pudiera hacer es una rectificaiòn de asiento via juzgado de Familia.-
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25 Ago 2016 15:54 #3 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Rectificar escritura de matrimonio
debe respetarse como esta su matrimonio, pero puede adecuar la partida de matrimonio y de nacimiento de su cliente
El siguiente usuario dijo gracias: Solidaridad

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26 Ago 2016 07:44 - 26 Ago 2016 07:45 #4 por Solidaridad
Respuesta de Solidaridad sobre el tema Rectificar escritura de matrimonio

123456 escribió: debe respetarse como esta su matrimonio, pero puede adecuar la partida de matrimonio y de nacimiento de su cliente


Hola, ya investigue y una adecuación no procede ya que el matrimonio se realizó después de la vigencia de la ley del nombre.
haré una rectificación de partida de matrimonio y posterior supongo que se debe rectificar la marginación de la partida de de nacimiento, de tal forma que ya le aparezcan los nombre y apellidos según el DUI es decir: Juana Arely Díaz de Bolaños, si realizo una escritura para rectificar el error del notario autorizante creería que siempre tendría que rectificar por el plazo que menciona el código de familia para poder pedir cualquier corrección de algún error que el de un año si no mal recuerdo.

Bendicones. Ni modo a prueba y error así toca aprender :-(

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26 Ago 2016 09:52 #5 por 123456
Respuesta de 123456 sobre el tema Rectificar escritura de matrimonio
la ley del nombre de la persona natural se aplica desde el año 1990 y el matrimonio se hizo en el año 1997 entonces tiene su vigencia
artículos 39, 25 y 21 de la ley del nombre de la persona natural y articulo 28 del código de familia
a mi criterio no es una rectificación sino que es una adecuación

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27 Ago 2016 10:14 #6 por Solidaridad
Respuesta de Solidaridad sobre el tema Rectificar escritura de matrimonio
Eso pensé en un primer momento, pero no procede debido a que cuando se realizó el matrimonio (1997) la ley del nombre ya estaba vigente por lo tanto en un error del notario al no colocar el nombre de la contrayente según el art. 21 LN, la adecuación solo procede para aquellos casos que fueron realizados antes de la vigencia de la ley del nombre.

Seguiré una rectificación de partida de matrimonio, y alegaré que el notario no aplicó lo prescrito en el art. 21 LN.

Saludos.



123456 escribió: la ley del nombre de la persona natural se aplica desde el año 1990 y el matrimonio se hizo en el año 1997 entonces tiene su vigencia
artículos 39, 25 y 21 de la ley del nombre de la persona natural y articulo 28 del código de familia
a mi criterio no es una rectificación sino que es una adecuación


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