Homicidio culposo es indignidad para suceder ???

26 Ago 2016 15:25 #1 por calexri
Buen día comunidad Jurídica,

Tengo una duda con el tipo penal del homicidio culposo , en relación a la disposición del Artículo 969 ordinal 1º del Código Civil, el cual, literalmente dice "Art. 969.- Son indignos de suceder al difunto como herederos o legatarios:
1º El que ha cometido el crimen de homicidio en la persona del difunto o ha intervenido en este crimen por obra o consejo, o la dejó perecer pudiendo salvarla;"

¿El homicidio culposo se toma como causal de indignidad a la luz de la disposición del Código Civil?

Infinitas gracias por sus aportes

Carlos Rivas
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26 Ago 2016 16:52 #2 por ABOGADONOTARIOES
Respuesta de ABOGADONOTARIOES sobre el tema Homicidio culposo es indignidad para suceder ???
Si ya que que la ley dice homicidio (no distingue entre culposo o doloso).

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