Quiero saber cuando la juez dicta fianza cuantos días hábiles dan para pagar y si no se tiene el dinero q puedo hacer para q de más tiempo. El abogado dice q no se puede apelar y se pierde el derecho a fianza si no se cumple. Gracias por sus respuestas
Bueno si el juez dictó medidas diferentes a la detención provisional, como por ejemplo la imposición de una fianza, desde el momento que la impone, la persona imputada puede presentar la fianza en el momento que lo estime pertinente, vence el plazo siempre que se mantenga en detención provisional, al menos que se revoque dicha medida.
La fianza puede hacerse efectiva a través de dinero, hipotecas, o a través incluso de empresas afianzadoras, y si la persona quiere recobrar su libertad, entonces tiene que hacer efectiva la fianza. Si no tiene los medios para hacerla efectiva sencillamente se mantendrá en detención provisional.
Un error no se convierte en verdad por el hecho de que todo el mundo crea en él.