buenos dias colegas, tengo una duda, me solicitan realizar un documneto notarial donde me explican que hay responsabilidad economica, cuando una persona se compromete a dar una cierta cantidad de dinero cuando lo reciba a cambio entiendo yo como un mutuo, pero otra colega me menciona la figura de adquisición de una obligación privada, ya que en el mutuo solo una parte se obliga y en este caso son las dos partes, la verdad desconozco esa figura, me podrían ayudar, gracias.
buen día
colegas
con el respeto quiero opinar en relación a lo manifestado por el colega 123456
resulta que si los dos se obligan a pagar la deuda
esto no podría ser por que las partes interviniente son el deudor y el acreedor
el primero se obliga a pagar y el acreedor se obliga a entregar la suma mutada en partes y con fecha, así seria en que las dos partes se obligan. en el mismo documento. seria un mutuo modal es decir como un modo diferente de entregar la suma mutuada