Buenos días colegas, en un proceso penal, a una persona que se le acusa de extorsión, hay posibilidad que el juez absuelva cuando hay entrega controlada, según la imputada manifiesta que ella, fue coaccionada y amenazada, para traer un dinero; y que preguntas se le podría hacer al testigo que ofrece la fiscalía.
HOLA COLEGA.
REALMENTE ESTA COMPLICADA LA SITUACIÓN POR QUE FUE MEDIANTE ENTREGA CONTROLADA PREGÚNTELE CUANTAS VECES RECOGIÓ EL DINERO, LO QUE SUCEDE ES QUE AHÍ VA A APARECER EN LAS FOTOGRAFÍAS CUANDO LLEGO A RETIRAR EL DINERO POR EL TIPO DE DELITO EL JUEZ LES VA A CREER A LOS INVESTIGADORES QUE REALIZARON EL DISPOSITIVO, Y LA VAN A SEÑALAR COMO PARTICIPE DEL DELITO. PREGÚNTELE A LOS INVESTIGADORES COMO FUE ELLA INDIVIDUALIZADA LOS LUGARES HORAS FECHAS, REVISE EL EXPEDIENTE SI TODOS ESOS DATOS COINCIDEN PARA QUE LOS ATAQUE POR ESA PARTE. PERO NO ES FÁCIL, REVISE CUANDO LA INDIVIDUALICE SI SEGÚN ACTAS COINCIDE CON LAS CARACTERÍSTICAS COMO ANDABA VESTIDA. CUANDO HA EXISTIDO UNA INVESTIGACIÓN CUESTA MAS. ESPERO LE SIRVA SALUDOS
Estimado colega, en el area penal cualquier posibilidad que exista o no en favor de su cliente debe prefijarse conforme la existencia de pruebas en el proceso ya que el juez resolvera de acuerdo a dichas pruebas, por otro lado si su cliente actuo bajo amenazas eso es otra historia pero tambien debe conprobar tal situacion en todo caso si la ley lo permite puede criteriarlo.
Muchas gracias colegas por expresar sus opiniones, la imputada solo una vez fue que realizo recogió el dinero, por medio de deposito en un banco, según en la relación de los hechos, de un principio la victima fue extorsionada, por tres ocasiones, por una persona de sexo masculino, en ningún momento identifican que las extorsiones eran echas por una mujer, la fiscalía cuenta con las vitacoras de llamadas; se que la imputada estaba consiente de lo que iba a realizar, pero esta no fue, por su propia voluntad, es decir que no existe dolo por parte de la imputada, en retirar ese dinero, pero resulta que se presento al lugar a retirar el dinero bajo a amenazas.
Se cuenta con el testimonio de personas, cuando la imputada fue amenazada por un pandillero, que le dijo que le hiciera un favor, de ir a retirar un dinero, ante la negativa de la imputada, el pandillero le amenazo que si no lo hacía iba a matar a sus hijos.
Con respecto al criterio de oportunidad que sugiere el colega, alberto 68, en esta etapa del proceso de vista pñublica, se puede solicitar esa salida alterna????
Lee el Arr. 20 del Codigo Proceso Penal, hay juriprudencia al respecto, el criterio de oportunidad es una desicion personal del inculpado y la ley dice nada expresamente en que momento debe solicitarse el beneficio. Lee el Cpp comentado jurisprudencia Art. 20
El criterio de oportunidad puede pedirlo el imputado en cualquier etapa del proceso siguiendo para ello las reglas señalas para tal efecto, mas sin embargo debe tenerse cuidado con tal peticion pues creo que los defensores en los procesos deben actuar con plena seguridad de los resultados de.sus periciones es decir no solo por justificar los honorarios.