hola colegas, tengo una consulta: entre mi cliente y su anterior abogado (alguno de los dos) extravio la escritura original de mutuo hipotecario y el acta de cancelación; ahora se necesita cancelar la hipoteca y para eso debo contar con los documentos originales, sé que este tipo de documentos son de los que no extiende el testimonio la Corte por lo que deberé solicitarlo judicialmente, por eso mi consulta es:
- qué proceso debo seguir para obtener el testimonio original de mutuo hipotecario y si alguien ha seguido un proceso similar agradeceré que pueda darme cualquier orientación.
el acreedor es el banco agricola y es una hipoteca abierta del año 2000, con un plazo de 8 años.
No es necesario hacer todo ese tramite, le sale más efectivo y rápido hacer una cancelación de hipoteca en Escritura Publica , lo único que tendrá que relacionar son los datos del antecedente.-
hola, gracias por su respuesta tan rápida!!
me podría ayudar dandome la base legal?
digame si usted ha tenido ya esta experiencia y si no es mucho abuso si tendrá un modelo?
en fin, le pido que me ayude porque no sabía que existia esta forma de hacerlo.
Si me ha pasado, con el fondo, cuando extravían la hipoteca como ya no se puede hacer enlace se procede con este tipo de escrituras, la base legal si me da un tiempo se la proporciono al igual que el formato, es un placer, y descuide en el CNR no lo observan.-
se lo agradezco inmensamente!! yo me iba a complir muchísimo.
le agradeceré si me hace llegar el modelo y la base legal por medio del foro o a mi correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Buenas tardes; eso es valido yo ya lo he hecho, si va al Registro eso le van a recomendar que haga.-
la base legal la encuentra en los artículos 2180 y 743 del Código Civil
La diferencia del acta con la escritura, es que la primera es parte de la hipoteca por eso se enlaza "En... la ciudad...." y no es necesario detallar todo el contenido de la hipoteca, a diferencia de la cancelación en escritura, no lleva enlace ya que es un documento independiente y por eso se detalla toda la hipoteca.-
En fin lo que recomienda el colega es correcto.-
Ya sabe mi estimada colega para eso estoy, y que bueno que puedo ayudarle, la base legal es el Art. 743 Código Civil, el cual dice; Las cancelaciones totales o parciales de las escrituras hipotecarias, podrán hacerse o por escritura pública o por acta de reducción o pago, así que ya le envió el formato, un saludo, y en lo que pueda le colaboro.-
disculpen la molestia, fijense que en mi caso, se "perdio" la escritura de mutuo hipotecario, pero tienen una certificación literal que emitio el registro, mi duda es, ¿se puede hacer una escritura de cancelación teniendo ese documento como base? agradeceria su ayuda.