Señores Abog y Notarios. Pido sus atenciones, un par de clientes quieren contratar para hacer sociedad privada civil y colocar un establecimiento de barra show.....necesito un formato de estos contratos privados, podrán auxuliarme al respecto por favor. Mi correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Mery Navarrete Rivas escribió: Señores Abog y Notarios. Pido sus atenciones, un par de clientes quieren contratar para hacer sociedad privada civil y colocar un establecimiento de barra show.....necesito un formato de estos contratos privados, podrán auxuliarme al respecto por favor. Mi correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Abog notarioes. Así me lo ha detallado mi cliente......la misma interrogante me he hecho yo. Por lo que he acudido a uds, pues soy honesta en decir, que si existieran esta clase de contratos son nuevos para mi......me explixo......!!!
Mery Navarrete Rivas escribió: Abog notarioes. Así me lo ha detallado mi cliente......la misma interrogante me he hecho yo. Por lo que he acudido a uds, pues soy honesta en decir, que si existieran esta clase de contratos son nuevos para mi......me explixo......!!!
Entendido colega (como a veces preguntan extranjeros aqui, o preguntan cosas que uno desconoce, y son nuevos terminos, etc.).
Siendo lo que me explica, mi comentario es el siguiente:
Al parecer su cliente quiere constituir una sociedad (la mas recomendable y comun es una sociedad anonima de capital variable), y quiere que dentro del giro/finalidad se establezca algo que permita establecer que se pondra una barra show (este giro bien podria ser: "establecimiento, funcionamiento y operacion de bares, clubes o centros nocturnos, barras show -nota aparte: se podra poner la palabra show cuando la ley de notariado establece que todo ha de ser en castellano?-".
Recuerde la cn. de una sociedad se hace en una escritura publica, y dado el giro corresponde al cliente obtener los permisos para su funcionamiento.
Comprendo Lic. Igual vale aclarar qe esta persona interesada en este negocio vive en el extranjero y según me dice tiene escritura de sociedad ya constituida, mas no he visto no ninguna documentación.....
Así mismo esta persona aportaría el dinero, el otro socio lo administraria aquí en en país, así que mi cliente quiere contratar pero que su inversión no sea malversada......que contrato cabe en este caso, pues ya existe escritura de sociedad.....
1ª Si lo que quieren hacer es abrir una sucursal pues como dice que ya tiene un sociedad y quieren que se use el mismo contratro o si seria mejor crear una sociedad aca diferente a la que ya esta en el otro pais. Seria de valorar cual es la mejor opcion.
2º Si el giro de la empresa es compatible y si pueden operar es nuestro país y si la municipalidad puede otorgar el permiso para que realice las activades a las que se dedica.Esto pues podria ser que en el pais de origen sea legal la activida y aca no.Seria bueno investigar si conceden permiso la alcaldia para esos negocios y las licencias que requiere asi como los requiusitos del MINSAL u otra autoridad como Medio Ambiente autoriza las actividades.
Aca el proceso de la inscripcion de la Sucursal.
1. REQUISITOS
a. Estatutos que comprueben que la sociedad está legalmente constituida, de acuerdo con las leyes del país en que se hubiera organizado , autenticados por consulado salvadoreño o apostillado.
b. Documentación probatoria de que la decisión de fijar domicilio en El Salvador o de operar en el país, ha sido válidamente adoptada de conformidad a sus estatutos (Ejemplo: Acta de Junta General de Accionistas, donde conste el acuerdo de operar o de abrir una sucursal en El Salvador)
c. Poder con que actuará el representante de la sociedad extranjera, el cual señalará las facultades de éste en forma amplia, clara y precisa . El poder deberá ser para representar legalmente a la sucursal de la empresa en El Salvador. Dicho Poder debe estar autenticado por consulado salvadoreño o apostillado; y deberá inscribirse en el Registro de Comercio, previamente a la inscripción de la sucursal.
d. El apoderado deberá residir permanentemente en El Salvador
e. El capital social suficiente para realizar sus actividades sociales, el cual no podrá ser menor que el mínimo señalado en la ley para las sociedades mercantiles salvadoreñas (USD 12,000.00), cuyo ingreso se comprobará con el Registro de Inversión Extranjera, que para tal efecto lleva el Ministerio de Economía.
f. Balance inicial certificado por Contador Público autorizado en el país (Auditado Externamente), de la sociedad extranjera o de la sucursal que se pretende, en el cual se refleje su capital social; el cual deberá inscribirse en el Registro de Comercio, previamente a la inscripción de la sucursal.
g. Especificar la actividad económica de la sociedad extranjera exposición de la naturaleza, valor, procedencia, destino y fecha de ingreso de la inversión.
h. Original y copia de constancia bancaria por transferencia de divisas o declaración de ingreso de divisas, conteniendo: fecha de ingreso, nombre del inversionista extranjero, destino y tipo de cambio, firma y sello de la institución correspondiente (la constancia debe ser de fecha previa al acto o contrato
2. PROCESO DE INSCRIPCIÓN
a. Inscripción de poder en Registro de Comercio (5 días)
b. Inscripción de balance inicial en Registro de Comercio ( 5 días)
c. Trámite de registro de inversión extranjera para sucursal extranjera en la Oficina Nacional de Inversiones del Ministerio de Economía (10 días)
d. Inscripción de sucursal extranjera en el Registro de Comercio (10 días)
3. TIEMPO APROXIMADO DEL TRÁMITE: TREINTA DÍAS.
Ojala te sirva la informacion.
Última Edición: 16 Sep 2016 21:48 por juan avelar o.
Mery Navarrete Rivas escribió: Comprendo Lic. Igual vale aclarar qe esta persona interesada en este negocio vive en el extranjero y según me dice tiene escritura de sociedad ya constituida, mas no he visto no ninguna documentación.....
Así mismo esta persona aportaría el dinero, el otro socio lo administraria aquí en en país, así que mi cliente quiere contratar pero que su inversión no sea malversada......que contrato cabe en este caso, pues ya existe escritura de sociedad.....
hasta que se aclaren todos lo detallitos no sigo opinando, cuando son clientes y poquito a poquito me van sacando detallitos, poquito a poquito les voy cobrando por olvidadizos y en este caso como es ayuda desinteresada, ya no tengo interes en opinar