Compañeros necesito su ayuda con una duda que me surge, una persona me solicita un testamento, debido a que uno de sus hijos quiere estar seguro de su herencia (que sera el 50% de una propiedad), pero la testadora tiene dos propiedades, y quiere vender una. pero la persona que le va comprar apenas inicia el tramite de compra y va tardar. y ella quiere hacer el testamento ya. podre yo tomar en cuenta en el testamento solo la propiedad que no va vender, o tomo ambas aunque luego venda una de ellas? revisando el CC veo que en el Art. 996 al final del segundo inciso, dice: "Sin perjuicio de las reducciones a que se halla sujeto su patrimonio con arreglo a la ley" mas no se si refiere a algo como eso. les agradere sus comentarios.
Respuesta de ALBA QUIJADA sobre el tema TESTAMENTO
Colega le sugiero hacer una donación revocable del derecho proinidiviso equivalente al 50% sobre el inmueble que le otorgará su cliente, que es más practico y surte efecto después que la persona fallece, si en vida, ella vende, no hay ningun problema, pues ellos serán propietarios de lo que deje a la hora de su fallecimiento
Gracias compañera, tiene usted toda la razon, estamos hablando que la figura a la que queremos llegar es exactamente esa, asi no afecto al resto de la masa de la testadora y el hijo tiene segura su herencia como lo pide. lleva todas las solemnidades del testamento como veo en el art. 997, esas son las solemnidades que debe lleva verdad
Hola siii, gracias por favor he andado buscando y no he encontrado aun!!!! gracias si no se puede aqui mi correo es Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.