Tengo la duda de que si aplica la indemnizacióon de un trabajador que tiene 1 mes 22 días de laborar en la empresa, pero que será despedido por no desempeñar bien su cago? Fue contratado (bajo contrato por tiempo indefinido) para vender, sinembargo no ha vendido nada.
Con respecto a su duda, pienso que se necesitarían establecer más elementos, como por ejemplo, el lugar en que debía realizar las ventas el trabajador, si se presentaba de manera puntual, todo para determinar si causas ajenas a su voluntad impedían que lograra cumplir con los objetivos del puesto requerido y de esa manera no le es imputable a él el hecho que no haya vendido nada; porque si no es su culpa considero que el despido es sin causa justificada.
Por ej.:
- Él decía un lunes que tenía una reunión con x clientes a las 11:00 a.m. y que por eso iba a presentarse tarde al lugar de trabajo, pero llegaba tarde y no había visitado al cliente porque "le cambió la hora" de la cita, y no informaba tal hecho.
- No maneja los precios de venta
- No sabe redactar una propuesta de negocio o cotización
- Se le pidió específicamente que vendiera x servicios y ofertaba otros
En ese sentido, qué causal se puede alegar para despedirle sin responsabilidad para el patrono?
Buenas tardes.
Por lo que argumenta puede adecuarlo a la causal de negligencia. Aunque para poder ganar ese caso necesitara de por lo menos 2 testigos bien preparados para probar las causas y ademas tener buenas habilidades en interrogatorio de testigos. En mi opinión mejor busque un acuerdo ya sea judicial o extrajudicial ya que las causas que expone pueden tener muchos vacios que la contraparte puede argumentar en su contra.-
Bueno, en ese caso, considero que podría establecerse la causal siguiente, en base al Art. 50 del Código de Trabajo:
2° Por negligencia reiterada del trabajador.
Pudiéndose relacionar con el Art. 51 del mismo código en el sentido que la negligencia o la ineficiencia del trabajador no se deben a motivos de enfermedad o por traslado del trabajador de un puesto a otro mayor.
Si tiene derecho a la indemnizacion,por eso la ley dice que son 30 dias de prueba para poderlo despedir sin responsabilidad para el patrono,con un dia que se pase ,ya tiene derecho a la indemnizacion y tiene que ser 15 dias de salario como minimo(en su caso esto aplicaria ,15 dias).
Ahora bien,lo pueden despedir explicandole las razones ,si se queja y va al ministerio entonces ahi se concilia,sno asi lo puede dejar