quisiera su valiosa ayuda. es el caso que una clienta quiere comprar un inmueble ya inscrito a nombre de un don david.. pero ella le hizo la venta con pacto de retroventa,,, vencio el plazo .. y no hizo efectivo su derecho... este mes la hija quiere comprar esa propieda al nuevo dueno de la propiedad...1 No hay problema por la ley de usura entro en vigencia 2012,,, la venta fue inscrita en 2010....plazo de 12 mese... se le pondria un precio inferior al de la venta y al de la retroventa..
Perfectamente el actual titular puede vender el inmueble a quien quiera, lo único que el precio no puede ser inferior al contenido en su antecedente, de lo contrario será objeto de observación registral.