Respuesta de juan avelar o sobre el tema Matrimonio
No existe impedimento
IMPEDIMENTOS RELATIVOS
Art. 15.- No podrán contraer matrimonio entre sí:
1o) Los parientes por consanguinidad en cualquier grado de la línea recta ni los hermanos;
El parentesco de una persona respecto de otra se determina por el número de generaciones que las separan. Cada generación es un grado.
La sucesión de grados forma la “línea de sucesión”.
La línea de sucesión puede ser recta o directa, formada por personas que ascienden o descienden unas de otras (abuelos, padres, hijos, nietos),
o colateral, formada por personas que proceden de un mismo tronco común (hermanos, tíos, sobrinos).
La línea puede ser también descendiente, liga a una persona con aquellas que descienden de él (abuelos, padres, hijos, nietos) o ascendente, liga a una persona con aquellos de los que desciende (nietos, padres, abuelos).
Es decir la line recta es la que forma los progenitores y sus hijos y los hijos de estos y asi sucesivamente.Es decir lo que prohibe el codigo es que se case un padre con su hija,una madre con su hija,un abuelo con la nieta y una abuela con un nieto y pues si alcanza a vivir un bisabuelo con su bisnieta y pors uspuesto entre hermanos.
Los primo no son descendiente en linea recta son el linea colateral y son el 4º Grado de lo cual la ley no habla como impedimento.
El la línea colateral: Los grados se cuentan subiendo en primer lugar hasta el tronco común (como en la línea recta) y, en segundo lugar, descendiendo hasta la persona respecto de la que se pretenda establecer el grado de parentesco. Así, el hermano dista dos grados del hermano (el primer grado sería el padre en línea recta que constituiría el tronco común, y el segundo sería el hermano que, como hijo, dista del padre otro grado), tres del tío (el primer grado sería el padre, el segundo el abuelo y el tercero el hijo del abuelo, esto es, el tío), cuatro del primo (el primero sería el padre, el segundo el abuelo, el tercero el tío y el cuarto el primo).
Tan valido es que estan casados y el funcionario actuo apegado a le ley casandolo.Es valido la unica forma de deshacerlo es el divorcio no apalica la nulidad.
El siguiente usuario dijo gracias: Abogadadiaz, constanzaaa