Buenas tardes, solicito su ayuda con lo siguiente :
Fallece el Padre de dos hijos, decidiendo verbalmente que les asignará a cada uno la mitad de sus bienes. Pero resulta que ambos hijos se ponen de acuerdo y uno decide no aceptar su parte de la herencia, otorgando el Padre de estos la escritura original a uno solo de los hermanos. (todo de manera Verbal)
Que procede en éste caso para que el hermano que no renuncia a su parte de la herencia, pueda inscribir el inmueble a su nombre?
Sonríe, la Vida es bella, vence el mal a fuerza del Bien.
a que se refiere cuando dice " otorgando el padre de estos LA ESCRITURA original a uno solo de los hermanos??" .... no que ya había "muerto" el padre??
LIZI, como nada fue escrito, no surte ningún efecto ninguna de las intenciones planteadas entre padres e hijos.
Simple, has las diligencias de aceptación de herencia de tu cliente, menciona en ellas al otro hermano proporcionando de él la respectiva certificación de partida de nacimiento y su dirección pidiendo al Juez que li cite para que dentro del plazo que el mismo Juez le asigne le prevenga a dicho otro heredero si acepta o no la herencia en comento.
Y sigue el tramite normal, de publicaciones, etc., pasado el tiempo y el otro heredero presunto no se manifestó, pídele al juez que en razón de ello, se presuma que dicho heredero presunto ha renunciado, y que declare como único heredero a tu cliente.
En su información no se manifiesta si la madre del causante y la esposa o conviviente le sobreviven, porque también tienen derecho en la herencia. Si han fallecido presenta certi. de defunción.
Quizás utilice mal el término otorgar.
Cuando el Padre Estaba vivo le dio la escritura original, pero no realizó ningún traspaso.
Es decir la escritura que está en poder del hijo, aun esta a nombre del difunto.
Sonríe, la Vida es bella, vence el mal a fuerza del Bien.
cuando el Juez te de la Declatoria al final de las Diligencias, la juntaras con la escritura del causante para que el registro te la inscriba a nombre de él, tu cliente. a eso le llamamos traspaso por herencia.
en estos casos no se hacen escrituras, las del causante son las que se inscriben a nombre del heredero declarado-