AQUI LE ENVIO UNO AL FINAL EL JUEZ REVOCO
Referencia: …………
NEMA: RECURSO DE REVOCATORIA.
SEÑOR JUEZ DE LO CIVIL:
Soy, ………………., de generales conocidas en el PROCESO DECLARATIVO COMÚN DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO, que promuevo ante su digno tribunal como apoderado del señor ……………., contra el curador de la herencia yacente del señor …………….. el Licenciado …………………….., y a Usted con todo respeto le EXPONGO:
PROCEDENCIA
Que la resolución emitida, a las quince horas cinco minutos del día quince de enero de dos mil quince, se resolvió lo siguiente:
“Agréguese el escrito de fs. 90, presentado por el Licenciado ………………………..
Sobre lo pedido por el Licenciado ……………………, se declara sin lugar, ya que la sentencia esta declarada firme y no es procedente modificar la misma, Art. 225 CPCM”.-
En relación a lo anterior considero oportuno respetuosamente pedir su revocatoria por no estar apegada a derecho y siendo que el presente decreto o resolución no es definitivo, y es por dicha razón que de conformidad a lo regulado en los artículos 503, 504 y 505 CPCM, por este medio vengo a interponer RECURSO DE REVOCATORIA en contra de la resolución mencionada, ante su digna autoridad, por ser esta instancia donde se dicto la resolución.-
PLAZO Y FORMA.-
Me encuentro dentro del plazo para interponer el presente recurso y se hace por escrito como manda la ley.-
INFRACCIÓN LEGAL QUE SE ESTIMA COMETIDA
Considero que no se le ha dado una correcta interpretación a los artículos 681,719, 721 y 732 todos del Código Civil, 192, 212, 452 y 456 todos de CPCM.-
SUCINTA EXPLICACIÓN
Con todo respeto su Señoría en el escrito presentado a este Honorable Juzgado, no se solicito modificación de la sentencia, ya que la misma esta apegada a derecho, sino que se librara oficio al Registrador Jefe del Centro Nacional de Registros de la ………………., para que se cancele la anotación preventiva de la demanda, que opera sobre el inmueble propiedad del señor …………………………., representado por el Licenciado ……………………., fue establecida dicha anotación mientras durara el tramite del proceso, cuyo derecho se trataba de garantizar al señor …………………, hasta que se dictara la sentencia definitiva.-
No es procedente que la medida cautelar de la anotación preventiva continúe activa pues ha perdido su objeto, ya que la sentencia pronunciada fue a favor de mi cliente, al librarse el oficio respectivo no se modifica la sentencia al contrario se esta cumpliendo.-
Por otra parte las medidas cautelares tienen como finalidad el aseguramiento de los bienes mientras no se dicte la sentencia, una vez dictada la sentencia las medidas cautelares dejan razón de ser, perdiendo su efectividad en la sentencia aunque el fallo no lo diga y al dictarse la sentencia muere la anotación preventiva de la demanda.-
Doctrinariamente se ha establecido que las medidas cautelares tienen por finalidad asegurar el resultado de la sentencia que debe recaer en un proceso determinado para que la justicia no sea burlada, haciendo imposible su cumplimiento.- Las medidas cautelares es esencialmente a garantizar la eficacia de la sentencia mediante una anticipación limitada de los efectos normalmente derivados de sus ejecuciones, en síntesis las medidas cautelares tienen como finalidad garantizar las resultas de una pretensión concreta que se está tramitando o que se pretende promover y no pueden permanecer vigentes en forma indefinida ya que se vulnerarían derechos constitucionales.- En ese sentido se pronuncia el legislador en la parte final del Artículo 681 del Código Civil, 431, 432, 433, 434 y 456 CPCM.-
Habiendo declarado la sentencia definitiva estimatoria, a favor de mi cliente el señor …………….., ha adquirido el derecho de dominio por el modo de adquirir por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, del inmueble mencionado en la sentencia y al ordenarse la cancelación de la citada inscripción en el mismo registro, por lógica con lleva la cancelación de la anotación preventiva de la demanda, pues esta se dio para garantizar la inmovilización de dicha inscripción.-
El día veinte de enero del año dos mil quince presente la certificación de la sentencia pronunciada por la Honorable Juez de lo Civil de esta ciudad al Centro Nacional de Registros de la ………………, bajo el número de presentación ……………………, para su debida inscripción y al calificarla el Licenciado …………… Registrador Auxiliar resolvió: “OBSERVESE DE CONFORMIDAD A LO REGULADO EN EL ART. 3 LIT. B, DE LA LEY DE PROCEDIMIENTOS UNIFORMES PARA LA PRESENTACIÓN, TRÁMITE Y REGISTRO O DEPOSITO DE INSTRUMENTOS EN LOS REGISTROS DE LA PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS, SOCIAL DE INMUEBLES, DE COMERCIO Y DE PROPIEDAD INTELECTUAL, YA QUE FALTA CANCELAR ANOTACIÓN PREVENTIVA DE LA DEMANDA INSCRITA EN EL ASIENTO NO. 2 DE LA PRESENTE MATRICULA, ART. 44, DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE REESTRUCTURACIÓN DE REGISTRO DE LA PROPIEDAD RAÍZ E HIPOTECAS, tal como lo compruebo una copia simple con la notificación respectiva el original se encuentra en el Centro Nacional de Registros ……………., ubicada en Tercera …………………….. esta ciudad, que agrego y con la fotocopia certificada por notario de la boleta de presentación, la cual pido que se agreguen ambas; el señor Registrador no puede inscribir la sentencia pronunciada por su SEÑORIA porque falta cancelar la anotación preventiva de la demanda.-
PARTE PETITORIA
En virtud de los argumentos expuestos consideraciones externadas y disposiciones legales citadas con el debido respeto le PIDO:
a) Se tenga por interpuesto dentro del término y son las formalidades establecidas en los artículos 503, 504 y 505, CPCM, ante este Honorable Tribunal el presente Recurso de Revocatoria.-
b) Se corra traslado al Licenciado ……………… en su concepto de curador de la Herencia Yacente que dejo el señor ………………………..-
c) Se tenga por presentadas las copias que requiere el artículo 162 CPCM.-
d) Se admita la impugnación formulada y que se revoque la resolución del día quince de enero de dos mil quince y habiéndose declarado firme la sentencia definitiva estimatoria a favor de mi representado se libre oficio al Registrador Jefe del Centro Nacional de Registros …………………., para que se cancele la anotación preventiva de la demanda y por lógica el registrador inscribirá la sentencia judicial que declara una prescripción y hará las veces de escritura pública y de título, para la propiedad de bienes raíces o de derechos reales constituidos en ellos .-
El artículo 721 del Código Civil literalmente dice: La anotación preventiva de la demanda, en el caso del número 1º del artículo 719, anula la enajenación posterior a la anotación y duran sus efectos hasta que, por decreto judicial, se ordene la cancelación.-
Hay un principio en el derecho que dice: LAS COSAS SE DESHACEN DE LA MISMA MANERA QUE SE HACEN.-
………………………n a los veintiséis días del mes de enero del año dos mil quince.-
Referencia: ………..
NEMA: CONTESTACIÓN DE RECURSO DE REVOCATORIA.
SEÑOR JUEZ DE LO CIVIL:
Soy, ……………………, de generales conocidas en el PROCESO DECLARATIVO COMÚN DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO, a Usted con el debido respeto, OS EXPONGO:
Que se me ha corrido traslado para efecto de que en mi concepto de curador de la herencia yacente del señor ………………………..-
Y me refiero al recurso de revocatoria interpuesto por el Licenciado ……………… Silva, contra la resolución emitida a las quince horas cinco minutos del día quince de enero de dos mil quince, proveída por la Honorable Jueza de lo Civil de esta distrito judicial, en el PROCESO DECLARATIVO COMÚN DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA EXTRAORDINARIA DE DOMINIO, promovido por el señor ………………, por medio de su abogado …………….., ambos de generales conocidas, y se refiere a un terreno o predio rústico, situado en el Cantón ……………, de esta jurisdicción, identificada como parcela TRESCIENTOS VEINTE, compuesto de TREINTA Y SEIS ÁREAS, equivalentes a TRES MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS, inculto antes, hoy tiene arboles de café y frutales, y al contestar el traslado lo hago en los siguientes términos:
Antes de emplazarme la parte actora en su demanda solicito la anotación preventiva en el inmueble objeto de la Litis ya que la anotación preventiva de la demanda es una medida cautelar de naturaleza registral que trata de asegurar la pretensión ejercitada en el proceso para el caso de que finalmente se estima. La anotación preventiva de la demanda, o inscripción provisional, se enmarca dentro de la categoría de las medidas cautelares, como el instrumento de seguridad y garantía que tiene por objeto asegurar una pretensión ejercitada ante los tribunales judiciales en forma completa, a fin de evitar la burla y el consiguiente perjuicio de los derechos actuales o futuros del demandante o anotante, frente a las posibles enajenaciones y gravámenes del titular registral, en conclusión al haberse anotado preventivamente la demanda , como su propio nombre lo indica, son medidas precautorias, de efectos provisionales que se registran en un libro esencialmente destinado a tal efecto; tienen por objeto salvaguardar un derecho o asegurar la efectividad de las resoluciones judiciales, haciendo saber, mediante la publicidad del Registro, la existencia de un litigio sobre un bien o derecho real.-Fundamento lo anterior en los artículos 431,432,433,434, 436 ordinal quinto, 443, todos CPCM; 681 y 719, 727, del Código Civil.-
En el proceso la parte actora probo los extremos de la demanda y fue pronunciada la sentencia definitiva estimatoria por la Honorable Jueza del Juzgado de lo Civil de esta ciudad, dicha sentencia esta apegada a derecho, y se fallo que el señor ………………… ha adquirido el derecho de dominio por el modo de adquirir por prescripción extraordinaria adquisitiva de dominio, el predio rústico, situado en el Cantón ………….., de esta jurisdicción, identificado como parcela TRESCIENTOS VEINTE, compuesto de TREINTA Y SEIS ÁREAS, equivalentes a TRES MIL SEISCIENTOS METROS CUADRADOS.- DECLARESE EXTINGUIDO el Derecho de Dominio sobre el inmueble inscrito bajo la matricula ………………………….-CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO NÚMERO UNO, del Registro de la propiedad Raíz e Hipotecas de la ……………….e, a nombre del señor …………………………...- Cancélese en forma total la citada inscripción en el mismo Registro.-
Por otra parte es necesario mencionar SEÑORIA que las medidas cautelares radica en el objeto que está en litigio dentro del proceso. Lo que se busca al decretar una o más medidas cautelares es la efectividad de la sentencia estimatoria que en su debido momento se dicte por la autoridad judicial y que el fin inmediato al decretar una medida cautelar es asegurar la eficacia de la sentencia definitiva estimativa con la cual se garantiza el funcionamiento de la justicia, y a su vez sirve para que el derecho actúe en función de la pretensión que se hace valer anticipando o asegurando la continuación de la ejecución en un caso de éxito en la demanda, y va destinada a su existencia que tiene relación con las circunstancias que determinaron a solicitarlas, de igual forma una vez otorgada la medida cautelar en el momento en que cesare el daño se podrá requerir su levantamiento o cancelación. Constituyéndose así en un anticipo de la garantía jurisdiccional, encaminada a asegurar el resultado del proceso principal. La providencia que dicta una medida cautelar tiene efectos provisionales, la cual está destinada a agotarse.-
La medida cautelar adoptada en un litigio tienen una duración temporal limitada, por lo que se puede afirmar que nacen para extinguirse. El carácter va referido a que una vez desaparecen los presupuestos o motivos que sirvieron de puente para su adopción y ejecución procede el levantamiento o extinción de la misma, y permiten que se puedan modificar, sustituir, ampliar, cancelar o levantar, en la medida que cambien las circunstancias que prevalecieron al tiempo de su adopción y corresponde al juez establecer las condiciones en que el solicitante ha de proteger su derecho invocado como también se puede solicitar para que el juez pueda modificar, sustituir, ampliar, cancelar o levantar las medidas cautelares acordadas..-
El colega …………………………… presento con fecha dieciocho de noviembre del año dos mil catorce un escrito solicitando “Que se libre oficio al Registrador Jefe del Centro Nacional de Registros de la Segunda Sección de Occidente, para que se cancele la anotación preventiva de la demanda” ya que había una sentencia estimatoria a favor de su representado y a las quince horas cinco minutos del día quince de enero del año en curso se declara sin lugar, ya que la sentencia está declarada firme y no es procedente modificar la misma y con fecha veintiséis de enero del año dos mil quince se presenta el recurso de revocatoria.-
Ahora bien los efectos de la anotación preventiva de la demanda duran, conforme al Art. 721 del Código Civil, hasta que por decreto judicial se ordena su cancelación. La regla general es que manda a cancelar la anotación es el mismo Juez que la ordenó; sin embargo, existen casos de excepción en los cuales el Registrador tendrá que calificar la competencia del funcionario que ordena la cancelación, bien por haber sucedido ordenarla otra juez a quien se le traslade el conocimiento de la Litis o bien que de acuerdo a las leyes procesales se le hubiere otorgado jurisdicción y competencia, el artículo anterior tiene relación con los artículos 719 ordinal primero, 731 y 732 todos del Código Civil; la cancelación de la anotación preventiva constituye una forma de extinción de ella regulada en el articulo 731 del Código Civil, que establece “Las inscripciones se extinguen en cuanto a tercero, por su cancelación o por la inscripción de la transferencia del dominio o derecho real inscrito, a otra persona“, puesto que la cancelación es un decisión que por orden judicial pretende cesar o extinguir los efectos jurídicos en que en su momento produjo la anotación preventiva de la demanda, con relación con el articulo 732 del Código Civil, y también con el artículo 452 CPCM.-
En síntesis ya hay una sentencia estimatoria a favor del señor JUAN PEREZ la anotación preventiva de la demanda deja razón de ser, perdiendo su efectividad, aunque el fallo no lo diga y al librarse el oficio respectivo no se modifica la sentencia pronunciada.-
Por todas las razones apuntadas hago adhesión a la revocatoria en todas y cada una de sus partes y en consecuencia es necesario que se revoque la resolución por el Juzgado de lo Civil de esta ciudad a las quince horas cinco minutos del día quince de enero de dos mil quince y que se libre el oficio solicitado para que se cancela la anotación preventiva de la demanda y así el Registrador Licenciado ………………, inscribirá la sentencia que le sirve de título al señor ………………..-
POR TODO LO EXPUESTO CON EL DEBIDO RESPETO OS PIDO:
Me admita la presente contestación de Recurso de Revocatoria, y tenga por contestada conforme se ha relacionado y que se revoque la resolución dada a las quince horas cinco minutos del día quince de enero de dos mil quince y que se libre el oficio al Centro Nacional de Registros ……………..e, para que se cancele la anotación preventiva de la demanda en la matricula ……………………………….-CERO CERO CERO CERO CERO, ASIENTO DOS.-
Fundamente lo anterior en los siguientes artículos 212, 213, 431, 432, 433,434, 436 ordinal quinto, 443 y 452, CPMC; y 681,719, 721,727, 731 y 732 del Código Civil.-
…………………………………..n, a los dos días del mes febrero del año dos mil quince.-