Buenas tardes, un contrato de arrendamiento entre una sociedad y persona natural, la sociedad quiere arrendar para instalar un bar. sería mejor hacerlo en escritura pública o contrato autenticado, me regalan un modelo por favor
No hay mejor forma de ejercitar la imaginación que estudiar la ley. Ningún poeta ha interpretado la naturaleza tan libremente como los abogados interpretan la verdad. (Jean Giradoux)
Estimado Lya, da lo mismo, la única diferencia es que si haces constar el contrato en escritura pública lo puedes inscribir en el CNR, y con ello tienes asegurada la permanencia de la sociedad en el inmueble aun que dicho bien cambiara de dueño, pues el nuevo debe soportar los efectos del contrato inscrito.
Con el modelo, hay muchos y muy buenos en el área de descargas de esta página, pero te recomiendo que aun que tengas un modelo, te des a la tarea de conocer el negocio de tu cliente, ellos necesitan varios permisos de la administración pública para funcionar como un bar, igual no se a quien representas pero debes buscar el equilibrio de beneficio y obligaciones para ambos, asi que hay que conocer el negocio.