Colega, le sugiero que lleve los testigos que ofreció. Quedará a criterio de juez, si es suficiente con la prueba documental ofertada o si necesitará escuchar a los testigos. Lo mejor es no arriesgarse.
emyc0227 escribió: Buenas tardes estimados colegas. Necesito de su asesoría.
Tengo una Audiencia en el Juzgado Cuarto de Familia Juez 2°, mi duda es si debo llevar a los testigos que ofrecí en la solicitud o no es necesario?
Si usted, considera que los extremos de la solicitud, se establecen plenamente con la prueba documental; usted, en audiencia desiste de aportar la prueba testimonial y va directamente a los alegatos...
Por ejemplo si la rectificación es por una letra en el nombre... Pregúntese que pueden aportar los testigos... Y ante la duda: lo mejor siempre es contar con toda la prueba que ayude a su cliente a obtener el resultado deseado...