Buenas tardes a tod@s me pueden colaborar a despejar la siguiente duda, cuando hay una aceptacion de herencia testamentaria, se debe anexar partida de nacimiento del heredero testamentario ???? de antemano muchas gracias por el aporte
Buenas Tardes Lic.
Las Partidas de Nacimiento o Matrimonio, se deben agregar a las Diligencias de Aceptación de Herencia, a efecto de probar la vocación sucesoral del solicitante; en las diligencias abintestato.
En el caso de las testamentarias, la vocación sucesoral se prueba con la copia certificada del testamento, que se agrega a las diligencias; pues, no existen otros herederos que puedan tener igual o mejor derecho en la mortual.
Saludos y suerte
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."