Estoy llevando unas diligencias de Nulidad de Partida de Nacimiento, y el tribunal me previno, manifestando que una de las Partidas de Nacimiento que se pretende anular, fue producto de escritura pública de Estado Civil Subsidiario, seguida ante Notario, en la cual se recibió prueba testimonial, donde me advierten que en caso de haber proporcionado información falsa podría ser constitutivo de delito y en caso de avertirse será certificado a la F.G.R.
Ahora lo mas extraño del caso es que esta persona manifiesta que nunca sabía de la existencia de la primera partida, y cuando fue a tramitar su DUI, fue con la primera partida de nacimiento que se asentó, pensando mi cliente que era la partida de nacimiento donde se llevo a cabo por medio escritura pública de Estado Civil Subsidiario, y se dio cuenta de la existencia de una segunda partida, en el DUICENTRO, cuando fue a renovar su Documento, allí le manifestaron que tiene dos partidas y que anule una de ellas.
De origen de los asentamientos, esta persona dice que fue su madre que le dijo que ella fue a la alcaldía asentarla pero es el caso que cuando fue a solicitar una certificación de su partida, a efecto de realizar un trámite, en el registro familiar de la Alcaldía, le dijeron que habían revisado los libros de asentamientos y que no aparecía inscrita su nacimiento, y debido a tal situación su madre y mi cliente se apersonaron donde un notario, y realizaron las diligencias subsidiarias de nacimiento ignorando él Notario de la existencia de la primera partida de nacimiento.
De lo expuesto colegas alguna sugerencia para plantear el caso, y no exponer tanto al notario como a mi cliente, que ellos no sabían nada de la existencia de la primera partida de nacimiento, espero darme a entender, espero su pronta respuesta amigos.
Para no exponer a los testigos en la Diligencias Subsidiarias, puede solicitar a la Sección de Notariado le extienda Certificación de las Diligencias subsidiarias, que amparan la protocolización, que dió origen al asentamiento de la segunda partida; en las Diligencias aparece la constancia que emitió la alcaldía, en donde señala que su cliente no le aparece asentamiento. Este documento es la base para seguir los subsidiarios de nacimiento y por lo tanto debe de estar agregada. Con estos documentos, Ud. prueba que no hubo intención de cometer delito alguno por su cliente, los testigos e incluso el notario, que dicho sea de paso, a él en ningún momento se le puede imputar el cometimiento del mismo.
Suerte
El "etc..." es el alivio de los sabios y el recurso de los ignorantes."