Colegas estoy llevando un proceso de modificación de sentencia, mi cliente esta pidiendo reducción de cuota alimenticia, además como existe una deuda de cinco mil dolares de cuota de alimentos, existe una casa que se dejo como garantía en caso de mora, mi cliente quiere vender la casa, para poder salir de la deuda que tiene con su hijo, en la audiencia preliminar mi cliente manifestó que había una persona que estaba interesado en comprar el inmueble, pero que lo harían a través del fondo, el juez otorgo el permiso para la venta del inmueble y concedió dos meses, para los tramites en el fondo, y se suspendió la audiencia, para que el cancelara la deuda y luego seguir con el proceso sobre la reducción de la cuota.
Pero es el caso que el comprador sin razón alguna desistió, y ya esta por finalizar el plazo, estoy elaborando un escrito para solicitar mas tiempo, el punto es que no estoy seguro si el Juez lo concederá, pero se me viene a la mente que si le sugiero a mi cliente que desista de la acción de la modificación de la cuota alimenticia, quizás de alguna forma puedo persuadir al juez de familia que nos conceda mas tiempo, porque al final el objetivo de esta demanda era que el juez autorizara la venta del inmueble para cancelar la deuda de los alimentos, además veo difícil que el Juez modifique la cuota, ya que la cantidad que le fijaron es de 40 dolares y el esta pidiendo que se le reduzca a 25 dolares, y con esa cantidad es difícil que su hija subsista con los gastos de estudio, que opinan colegas, es probable que el Juez conceda mas tiempo para que mi cliente pueda vendar su casa.
Siempre y cuando se tenga un eventual cliente el juez puede hacerlo, ya que con ello se asegurara que pagara su obligacion, pero se me ocurre otra idea, porque no pides que se le de la casa al hijo, y con ello saldras de la obligacion de pago, y asegurara alimentos futuros de igual forma si vale mas de los cinco mil dolares, y eso te abrira la puerta para efectuar la modificacion de la sentencia, recuerda que en lo esencial es que se necesiten y la capacidad de pago que se tenga, una de esas circunstancias debe haber cambiado para que entres con la modificacion.