Tengo una duda, cuando se establece en los contratos de arrendamientos prórrogas del mismo, por ejemplo es de un plazo de 1 año, es necesario estar haciendo contrato cada año? aunque en el primer contrato ya lleva la cláusula de prórroga.
Para el caso mi cliente tiene contratos de arrendamientos desde el 2003, sin firmar, solo el primero que hizo , pero año con año a alquilado el inmueble , pero no quiere estar firmando tanto contrato de cada año, el es arrendante, y por alguna razón se le olvido cada año firmar los instrumentos
Última Edición: 23 Dic 2016 16:04 por GladysFerrer.
Normalmente la clausula de prorroga automatica significa literalmente eso (es decir que si no se termina el contrato por las partes, este se entiende prorrogado por el plazo indicado en los mismos terminos establecidos en el contrato por lo que NO HAY NECESIDAD DE FIRMAR CONTRATO CADA VEZ QUE CONCLUYE EL PLAZO, la excepcion es que el mismo contrato diga que se debera firmar contrato cada vez que concluye el plazo -en cuyo caso obviamente no mencionara la prorroga, y si lo hace sera simplemente por error ya que no tendra sentido mencionarla).