BUENAS NOCHES A TODOS Y TODAS. ME GUSTARÍA QUE COMPARTIERAN SUS OPINIONES SOBRE LA AUTO PROCURACIÓN, SI PUEDO DEFENDERME EN UN JUICIO DE ALIMENTOS POR EJEMPLO, Y SI ALGUNO DE USTEDES LO HA HECHO Y SU EXPERIENCIA.
Claro que lo puedes hacer, la misma ley te faculta.
L.P.F. Art. 10 Toda persona que haya de comparecer al proceso por derecho propio o como
representante legal, lo hará por medio de apoderado constituido con arreglo a la ley, salvo que la misma
estuviere autorizada para ejercer la procuración.
Por el momento no he tenido esa experiencia,
Pero considero que lo mas aconsejable es buscar a un colega que lo defienda, y más si es especialista en la materia.
"Cuando el objetivo te parezca difícil, no cambies de objetivo;
busca un nuevo camino para llegar a él."
Creo yo que si el colega que quiere intervenir en un juicio que lo involucra;si se considera que mantendrá el equiibrio y la mente fria y no se dejara llevar por las pasiones, pues que ademas de ahorrase un dinero y por conocer al dedillo el caso los resultados probablemente sean los esperados.Pero ya que somos humanos y mas en temas de familia,en donde la contraparte es la expareja, habra que tener mucho control para que se nos salga lo mas oculto de nuestra naturaleza y en par de segundos le digamos como dicen un par de "babosadas" a la contraparte, mas si tratan y que es la clasiva estrategia de provocar y la persona cae en la provacacion; asi que habria que valora que tan oportuno es hacerse cargo uno mismo.