Buenos dias// quisiera que me ayudaran con este caso mi cliente necesita legalizar un inmueble que su padre lo adquirió por medio de escritura privada, pero el padre solo les entrego solo de manera verbal, el padre ya falleció, no se que diligencias tengo que seguir quisiera que me ayudaran. gracias
Gilma Artiga escribió: Buenos dias// quisiera que me ayudaran con este caso mi cliente necesita legalizar un inmueble que su padre lo adquirió por medio de escritura privada, pero el padre solo les entrego solo de manera verbal, el padre ya falleció, no se que diligencias tengo que seguir quisiera que me ayudaran. gracias
Se me ocurre que deberá seguir diligencias de aceptación de herencia, para luego arreglar esa propiedad en calidad de herederos, o seguir un juicio de posesión
"El temor de Jehová es el principio de la sabiduría, y el conocimiento del Santísimo es la inteligencia" Prov.9:8
Si es rural siga Diligencias Notariales o Judiciales de Titulo Supletorio. El tiempo de posesion son 10 años si no hay derecho inscrito.
Si es urbano lo mejor es seguir Diligencias de Titulo municipal a favor de su cliente...solo que le otorguen el poder a ud.
A la orden suya
El siguiente usuario dijo gracias: Bessy Aviles de Quijano, Gilma Artiga
Si quien tuvo la posesión ha fallecido, se debe aceptar herencia y luego legalizar por la via de la titulo supletorio o de titulo municipal según el caso.
la respuesta del colega MASTERLEY es la correcta , pero debe de seguir el tramite respetando el art 699 CC y siguientes , ya sea por la vía notarial o judicial