Colegas, una pareja quieren divorciarse, pero existe una vivienda que ambos adquirieron dentro del matrimonio, pero dicha casa aun la estan pagando al Fondo. Y mi duda es la siguiente: puede en la demanda de divorcio solicitar la liquidación de bienes, a pesar que la casa aun la estan pagando al Fondo. Procedera???
CHARLY escribió: Colegas, una pareja quieren divorciarse, pero existe una vivienda que ambos adquirieron dentro del matrimonio, pero dicha casa aun la estan pagando al Fondo. Y mi duda es la siguiente: puede en la demanda de divorcio solicitar la liquidación de bienes, a pesar que la casa aun la estan pagando al Fondo. Procedera???
De acuerdo a lo establecido en el artículo 46 del Código de Familia, la vivienda deberá estar libre de gravamen para que los esposos puedan disponer de la misma.
Entonces en el divorcio solo se puede solicitar "el uso de la vivienda" para el grupo familiar; y como digo yo: "quien se queda con los hijos generalmente se queda con la casa".
No pueden entonces los esposos disponer de la vivienda, porque esto afectaría el derecho de hipoteca que el FSV, tiene sobre la misma.
Pues no procederia a menos que vendan la vivienda aun a pesar que todavia deben parte de el prestamo(esto es viable el Fondo autoriza estas compraventas) y segun sea el regimen patrimonial repartirse la venta de la casa.Que los mas inmediato seria a partes iguales si ambos aportaban de esa manera y si no proporcional a los aportes de cada uno.Pero es importante que ambos conyugues esten de acuerdo en venderla para no caer en la prohibicion del articulo 46 Cf.
Última Edición: 06 Ene 2017 08:42 por juan avelar o.
Muchas gracias colegas por su pronta respuesta, ahora me ha quedado claro que en base al artículo 46 del Código de Familia, el inmueble debe estar libre de gravamen, porque caso contrario se estaría afectando como lo dice la licda NVramirez, un derecho preferente como lo es la hipoteca que tiene el FSV.
Considero que lo mas saludable para ambos, es como lo dice juan avelar o, que vendan el inmueble, y el producto de la venta de la misma, cancelen la hipoteca, y del remanente que sobre, se reparten entre ambos lo que les corresponde.